Visto para sentencia el caso de La Manada: la fiscalía pide una condena por violación y la defensa alega que la chica no dijo "no"

Piden elevar la condena de 9 a 18 años de prisión para José Ángel Prenda, Jesús Escudero, Alfonso Jesús Cabezuelo, Ángel Boza y Antonio Manuel Guerrero.

La sentencia fue revisada este viernes en el Supremo
La sentencia fue revisada este viernes en el Supremo
Efe

Los cinco magistrados que conforman la Sala del Tribunal Supremo que revisará el caso de 'La Manada' ha comenzado a deliberar nada más finalizar la vista oral en la que acusaciones y defensa han expuesto sus argumentos, según han informado fuentes jurídicas.

La vista ha comenzado a las 10.30 y cada acusación --Fiscalía, víctima, Ayuntamiento de Pamplona y Gobierno navarro-- ha tenido unos 15 minutos para argumentar por qué solicitan que la sentencia se eleve a 18 años de prisión para cada uno de los acusados por delito de agresión sexual y no de abuso.

La Fiscalía ha insistido en que hubo una intimidación "ambiental" de naturaleza "agresora" por parte de los cinco integrantes de La Manada hacia su víctima que quedó "doblegada por el miedo" y que "no pudo ofrecer resistencia alguna", lo que acredita que lo ocurrido en Sanfermines de 2016 fue una "violación".

En la vista de casación, el Ministerio Fiscal ha expresado su "más absoluta discrepancia" con el encaje jurídico que la Audiencia y el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Navarra al entender que los hechos son constitutivos de un delito continuado de violación porque "concurre la fuerza intimidatoria suficiente" y "no hubo consentimiento" de la víctima.

Los cinco miembros de la Manada
Los cinco miembros de la Manada
HA

Así, la Fiscalía pide elevar la condena de 9 a 18 años de prisión para José Ángel Prenda, Jesús Escudero, Alfonso Jesús Cabezuelo, Ángel Boza y Antonio Manuel Guerrero por un delito de violación con el agravante de actuación conjunta, y a este último a dos años de cárcel por robo con intimidación y no por hurto, como figura en la sentencia recurrida.

La fiscal Isabel Rodríguez ha protagonizado una intervención de marcado carácter técnico en la que ha optado por enumerar sentencias del Supremo que hablan de prevalimiento, que es la fórmula jurídica que figura en la sentencia, y otras de intimidación, que es lo que viene manifestando la Fiscalía desde hace tres años.

El prevalimiento, ha dicho, se da cuando la víctima no corre peligro y es consciente de esas relaciones y de "su posición de inferioridad real y palpable" respecto de otra que "deliberadamente aprovecha su situación de superioridad" porque "la víctima tiene coartada su capacidad de decidir" o su "consentimiento viciado".

Los abusos de un profesor a sus alumnos, los abusos sobre el hijo de la pareja y el médico que hace lo mismo con el enfermo son casos en los que la Fiscalía detecta que se da prevalimiento.

Pero la fiscal ha dicho que "no constan en los hechos probados que la víctima accediera o consintiera a mantener esas relaciones o que los agresores solicitaran mantenerla", quienes "con su sola presencia costriñieron la voluntad de la víctima que no pudo ofrecer resistencia alguna".

Insiste la Fiscalía en que "puede bastar con una situación ambiental para que la víctima valore como inútil una oposición por su parte" porque los hechos se dieron en un "espacio físico opresivo y aislado" por cinco personas.

Oponerse, ha continuado, "únicamente podría conllevar males mayores" porque "era una joven de 18 años recién cumplidos frente a cinco varones adultos de complexión fuerte".

La fiscal se ha preguntado "si es exigible algo más para doblegar a la víctima", a quien "no se puede exigir actitudes heroicas". 

Otros testimonios

El resto de acusaciones han compartido estos argumentos, aunque el Ayuntamiento de Pamplona ha ido más allá de la intimidación al considerar que los acusados sí aplicaron "violencia" sobre la víctima que, aunque fuera "poca", sí sirvió para "doblegar" su voluntad.

Por su parte, la defensa de 'La Manada' ha pedido la libre absolución para sus clientes y ha cuestionado el relato de los hechos de la sentencia inicial de la Audiencia Provincial de Navarra. Agustín Martínez ha basado buena parte de su intervención ante el Tribunal Supremo en señalar a la víctima. "No eran cinco lobos que iban rodeando a una chica. Ella simplemente tenía que decir que no", ha llegado a decir.

Todas las acusaciones han utilizado su turno de réplica para impugnar los argumentos de la defensa si bien la fiscal Rodríguez ha sido la más explícita al reprochar al letrado que describiera lo ocurrido como "una juerga".

En su frase más emocional de toda la exposición se ha preguntado: "¿Qué juerga acaba con una persona tirada en un habitáculo en un portal de una calle desconocida, desnuda y siendo robado su teléfono móvil, al que quitaron las tarjetas y después tiran en una papelera, si hemos tenido una juerga consentida y lo hemos pasado tan bien?.

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