Elecciones generales del 28-A: cómo, a quién y por qué se vota

El 28 de abril se decide el futuro político inmediato en España. Estas son las principales claves sobre la votación

El Congreso de los Diputados, el pasado 12 de febrero, durante un pleno
El Congreso de los Diputados, el pasado 12 de febrero, durante un pleno

Las elecciones del 28 de abril son una cita crucial que definirá el futuro político del país. Adelantados por el presidente, Pedro Sánchez, a causa de su debilidad parlamentaria, los comicios pueden servir para que hasta cinco partidos se sitúen por encima de los 20 escaños, según aventuran los sondeos. Estas son las respuestas a las cinco preguntas clave para estar informado sobre la contienda electoral.

¿Qué se vota en las elecciones generales?

Las elecciones generales del 28-A servirán para renovar las Cortes Generales, que representan al pueblo español y que están formadas por el Congreso de los Diputados y por el Senado. De la composición del órgano legislativo dependerá el color del próximo gobierno, siempre que haya acuerdo para la investidura del eventual presidente. De lo contrario, España se verá abocada a un nuevo adelanto electoral, como ya sucedió en 2016.

En estos momentos, la principal duda es si los partidos del centro derecha, PP y Ciudadanos, logran sumar junto a la extrema de Vox los 176 diputados necesarios en el Congreso para tener mayoría, en una operación similar a la de las pasadas elecciones andaluzas. De no ser así, a tenor de lo que apuntan las encuestas, la clave estaría en los pactos que pueda alcanzar el PSOE.

¿Por qué se vota en las elecciones?

La moción de censura por la que Pedro Sánchez accedió el año pasado a la presidencia del Gobierno deparó un Ejecutivo con una débil posición parlamentaria. Esta fragilidad ha impedido a los socialistas impulsar buena parte de las iniciativas que anunciaron tras derrocar a Mariano Rajoy (PP) del cargo. Al final, la gota que ha colmado el vaso ha sido la negociación de los presupuestos generales del Estado. La negativa de los independentistas del PDECat (antigua CiU) y de Esquerra Republicana de Catalunya obligó a Sánchez a adelantar al 28 de abril los comicios, inicialmente previstos para el año que viene.

¿Cuándo se vota en las elecciones generales?

El 5 de marzo se hará efectiva la disolución de las Cortes Generales, a partir de un decreto que deberá aprobar el Gobierno central. Este paso hará oficial la convocatoria electoral, 54 días antes de la fecha elegida, tal y como marca el artículo 42 la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg). Los partidos políticos tienen hasta el 25 de marzo para presentar sus candidaturas ante la Junta Electoral Central.

Semanas más tarde, el 12 de abril, dará comienzo la campaña electoral. Esta ocasión tiene la peculiaridad de que la tradicional pegada de carteles coincidirá con el inicio de las vacaciones de Semana Santa. La campaña se prolongará hasta las doce de la noche del viernes 26 de abril. Un día después, el sábado 27, será la jornada de reflexión.

¿Cómo se vota en las elecciones generales?

La forma más sencilla de votar es acudiendo a nuestro colegio electoral y depositando nuestros votos en la urna. Es necesario ser mayor de edad y estar registrado correctamente. Para ello, la Oficina del Censo Electoral del Gobierno envía una tarjeta censal a todos los electores en la que figuran sus datos, así como el local, la sección y la mesa en la que deben depositar su voto.

Mientras, para los que opten por el voto por correo, el periodo se abre al mismo tiempo que se disuelven las cortes, el 5 de marzo. Siguiendo lo que establece la Loreg, el plazo de solicitud del comprende desde la fecha de la convocatoria hasta el décimo día anterior a la votación. El plazo sería, por tanto, del citado 5 de marzo al 18 de abril. Para remitir la documentación por correo, el día tope será el 24 de abril, cuatro jornadas antes de los comicios.

Finalmente, quienes residan en el extranjero deberán dar una serie de pasos. Deben rellenar el impreso de solicitud que les facilitará la Oficina del Censo y remitirlo antes del 15 de abril a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral en la que esté inscrito, acompañado de una fotocopia del DNI (o pasaporte), la certificación de nacionalidad o la certificación de inscripción en el Registro de Matrícula Consular.

¿A quién se vota? Y ¿quién puede votar?

El 28 de abril, los españoles tendrán la oportunidad de elegir a los 350 representantes que integran el Congreso de los Diputados y a 208 de los 266 miembros del Senado -todos menos los 58 que son designados por las comunidades autónomas-. En el primer caso, se vota a una lista cerrada de diputados, que solo alcanzarán representación si supera en el distrito electoral el umbral del 3% de los votos. En el caso de la Cámara alta, los españoles eligen a sus integrantes a través de una lista abierta de votación de bloque parcial; los electores votan por candidatos individuales en lugar de por partidos.

Pueden votar todos los españoles mayores de edad inscritos en el censo electoral. No pueden hacerlo los condenados por sentencia firme a pena de privación del derecho de sufragio; los declarados incapaces por sentencia judicial firme, siempre que dicha sentencia declare expresamente la incapacidad para el ejercicio del derecho de sufragio, y los internados en un hospital psiquiátrico con autorización judicial, durante el periodo que dure el internamiento y siempre que en la autorización el juez declare expresamente la incapacidad para el ejercicio del derecho de sufragio.

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