Interior no recurrirá el fallo que avala que un policía sin una pierna siga activo

Se le ubicará en un puesto adecuado a su situación.

Las actuaciones continúan abiertas, por lo que la Policía no descarta que se produzcan nuevas detenciones.
Interior entiende que el policía tiene capacidades para desarrollar funciones dentro del Cuerpo Nacional de Policía.
R. G.

El Ministerio del Interior no recurrirá el fallo de la titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de la Audiencia Nacional que ha dado la razón a un agente cordobés que perdió una pierna y ha resuelto que este funcionario puede seguir y no jubilarse como proponía la Policía Nacional.

Fuentes del Ministerio del Interior han indicado a Efe que este departamento acata la resolución y, por tanto, se le ubicará en un puesto adecuado a su situación.

Además, Interior entiende que tiene capacidades para desarrollar funciones dentro del Cuerpo Nacional de Policía.

Una decisión que se produce después de que la juez dictara el pasado día 24 una sentencia que otorgaba a las partes un plazo de quince días para recurrirla en apelación, pero Interior no ha acordado no hacerlo.

Rafael Prieto es un agente cordobés que a finales de septiembre de 2015 tuvo un accidente de tráfico cuando conducía su motocicleta y fue necesario amputarle la pierna izquierda, si bien en la actualidad tiene instalada una prótesis de última generación que le permite hacer una vida normal, caminar sin bastones e, incluso, hacer deporte.

"En definitiva -según dice el fallo-, según todos los facultativos, fisioterapeutas y ortoprotésicos que le cuidan, el recurrente (Rafael) este martes ha adquirido una plena funcionalidad en su vida diaria, lo que significa que no solo es una persona autónoma, sino que en estos momentos realiza una vida normal como cualquier hombre de su edad (31 años) que no tuviera limitaciones físicas".

Rafael Prieto pasó por el tribunal médico y la Dirección General de la Policía Nacional resolvió que el agente pasara a segunda actividad, pero el funcionario no se resignó y recurrió al entender que podía ocupar puestos como la oficina de denuncias, la sala del 091 u otros.

Después, en mayo de 2017, fue llamado nuevamente ante el tribunal médico del cuerpo, a petición propia, que resolvió lo siguiente: "No procede la continuidad del funcionario en la situación de segunda actividad, estimando que la patología que presenta es tributaria de jubilación por incapacidad psicofísica".

La magistrada de la Audiencia Nacional cree que se ha probado "sobradamente" por medio de diversos informes que Prieto "tiene capacidad para desempeñar numerosas funciones" y, por tanto, "no es merecedor de pase a la situación de jubilado".

Rafael Prieto ha expresado a Efe su satisfacción por la sentencia, en la confianza de que no sea recurrida y pueda volver a ejercer su profesión, a la vez que ha insistido en la necesidad de que la Policía, como ocurre en otros servicios, reserven puestos para situaciones similares

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