El Supremo archiva la querella contra Díez Picazo porque Podemos se equivocó de Sala al presentarla

El partido acusaba al presidente de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo de un posible delito de prevaricación judicial por su decisión sobre la sentencia del impuesto de hipotecas.

El líder de Podemos, Pablo Iglesias.
El líder de Podemos, Pablo Iglesias.
Efe

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha dictado un auto en el que declara su falta de competencia para el conocimiento de la querella que Podemos presentó contra el presidente de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, Luis María Díez-Picazo por un posible delito de prevaricación judicial por su decisión sobre la sentencia del impuesto de hipotecas.

En un auto, la Sala Segunda declara su falta de competencia para conocer de la querella pero deja abierta la puerta a que el partido vuelva a presentarla ante "el órgano correspondiente", que sería la citada Sala Especial.

Esta sala, conocida como la Sala del 61 y presidida por Carlos Lesmes, ha vuelto a cobrar protagonismo en los últimos meses porque fue la que decidió sobre las peticiones de recusación de los jueces en la causa del 'procés'.

Su nombre proviene del artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que recoge su creación, y durante un tiempo estuvo en el foco mediático por acordar, en marzo de 2003, la ilegalización y disolución de HB-EH-Batasuna y pronunciarse sobre las posteriores organizaciones de la izquierda abertzale, como Sortu.

Pero, además, entre sus competencias figura la de estudiar, como dice la propia ley, "los incidentes de recusación del presidente del Tribunal Supremo o de los presidentes de Sala, o de más de dos magistrados de una Sala", como es el caso de Díez-Picazo, presidente de la Sala Tercera.

Así, la Sala Segunda del Alto Tribunal ha archivado las diligencias derivadas de la querella de Podemos, que interpuso el partido contra el magistrado por su gestión de la sentencia en la que el Supremo atribuyó el pago del impuesto de las hipotecas a la banca.

En el auto redactado por el presidente de la Sala de lo Penal del Supremo, Manuel Marchena, afirma que si bien la LOPJ atribuye a la Sala Segunda del Supremo la competencia para instruir y enjuiciar las causas contra magistrados del alto tribunal, la misma ley establece en otro artículo de aplicación preferente que será la Sala Especial la que conozca de las causas contra los presidentes de Sala como Díez-Picazo.

En la querella, el partido de Pablo Iglesias solicitó la suspensión del pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo convocado por Díez-Picazo para el 5 de noviembre para decidir si se confirma la doctrina que atribuye a la banca el pago del impuesto de actos jurídicos documentados (AJD) en una hipoteca.

A juicio de Podemos, Díez-Picazo dictó una resolución jurisdiccional "motivado por un interés totalmente contrario a la ley y a la propia administración de Justicia, motivado por un claro interés particular de defensa de los intereses económicos de la banca española".

Y lo hizo "en perjuicio de los intereses generales de la sociedad y de los miles de ciudadanos que han sufrido el abuso de las entidades financieras", afirma en la querella.

"No es aceptable socialmente ni justificable jurídicamente", prosigue el escrito, adoptar decisiones " totalmente contrarias a derecho y que atentan contra la independencia judicial, que sirven exclusivamente a intereses económicos particulares de las entidades financieras y que en nada benefician el interés social".

Por ello, Podemos solicita investigar "los motivos reales y espurios" que han guiado la actuación de Díez-Picazo y recuerda las informaciones periodísticas que apuntan que el juez ejerció la docencia en el Colegio Universitario de Estudios Financieros (Cunef), dependiente de la Asociación Española de Banca.

También cuestiona el partido de Iglesias el proceso de selección de Díez-Picazo como presidente de la Sala Tercera, supuestamente ajeno a criterios de mérito y capacidad. Los querellantes mencionan que Díez-Picazo ya sabía desde enero de 2018 la existencia de un recurso de casación sobre el impuesto, pues él mismo firmó la admisión a trámite.

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