El TS, en el brete de juzgar al líder del procés solo por un delito menor

La decisión de descartar la entrega del expresidente catalán a España por un delito de rebelión elimina la posibilidad de que sea juzgado por ese delito, al menos de momento.

El Tribunal Supremo ha dejado sin efecto la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.
El Tribunal Supremo ha dejado sin efecto la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.
El Pleno de la Sala Tercera está previsto para el próximo 5 de noviembre.

La decisión de la Audiencia de Schleswig-Holstein de extraditar a Carles Puigdemont solo por malversación abre un escenario que tanto el Supremo como la Fiscalía siempre han rechazado y que podría llevar al tribunal a no aceptar la entrega del expresidente catalán y líder del "procés".

Fuentes del Tribunal Supremo han informado de que la decisión del tribunal alemán aún no ha sido notificada, con lo que no podrá estudiarla y pronunciarse hasta que la reciba y sea traducida. En el mismo sentido se ha expresado la fiscal general del Estado, María José Segarra, en unas breves declaraciones a la prensa.

Al tiempo, los abogados de Puigdemont han anunciado que recurrirán primero ante la propia Audiencia territorial y posteriormente ante el Constitucional alemán la entrega por malversación.

Tienen un plazo de 30 días para hacerlo y, según las defensas, el recurso dejaría en suspenso el proceso de extradición hasta la resolución del Constitucional.

En cualquier caso, la decisión adoptada descarta la entrega del expresidente catalán a España por un delito de rebelión y, con ello, elimina la posibilidad de que sea juzgado por ese delito, al menos de momento.

La legislación sobre reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la UE (Ley 23/2014) impediría al Supremo juzgar a un reclamado por un delito distinto a aquellos por los que lo entrega el país en el que ha sido detenido, aunque contiene una salvaguarda para hacerlo en el futuro.

Primero debería cumplir su condena por malversación en el caso de que le fuera impuesta y, una vez recuperada la libertad, se le podría juzgar si pasa 45 días en territorio nacional o si sale al extranjero y regresa.

En cualquier caso, es un escenario que en todo momento han rechazado tanto el Supremo como la Fiscalía, por el sinsentido que supondría juzgar a quien lideraba el "procés" por malversación (un delito castigado con un máximo de ocho años de prisión) y a sus subordinados por rebelión (que puede acarrear condenas de hasta 25 años de cárcel).

Ante esta circunstancia, Llarena podría rechazar la entrega del expresident, que permanecería en libertad pero con la amenaza de ser detenido y puesto a disposición de la justicia en cuanto regrese a España hasta que el delito prescriba dentro de 20 años.

No solo eso, sino que el juez, que ha declarado en rebeldía a Puigdemont y a los otros seis huidos, podría dictar una nueva orden de detención y entrega en cuanto el expresidente de la Generalitat abandone Alemania con destino a otro país europeo.

Otro escenario que se había barajado es el de que Llarena plantease una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de Luxemburgo, lo que implicaría la apertura de una pieza separada para Puigdemont.

Pero esta misma semana Llarena ya ha acordado el cierre de la instrucción para 18 de los 25 procesados y la apertura de una pieza separada para los siete fugados.

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