Por
  • Natividad Fernández Sola

Gibraltar y los límites de la acción exterior de las comunidades autónomas

Peñón de Gibraltar.
Peñón de Gibraltar.
Reuters

El seguimiento de la política nacional hace que pasen desapercibidos detalles cuya trascendencia a largo plazo es, sin duda, mayor. La prensa andaluza informaba hace unas semanas de una iniciativa, no muy clara, de cooperación con Gibraltar. Mucho más concisa y esclarecedora, la prensa de Gibraltar afirmaba que la Junta de Andalucía se sumaba a la cooperación transfronteriza. Bajo este titular, se esconde la formalización por la Junta de su participación en una Agrupación Europea de Cooperación Territorial (AECT), que es una estructura que la Unión Europea reconoce y permite identificar oportunidades de cooperación transfronteriza con Gibraltar.

Los intereses económicos de representantes de trabajadores y de empresarios españoles que trabajan en Gibraltar, y el apoyo del Ayuntamiento de La Línea y otros municipios de la zona, junto al propio Gobierno de la Roca, han hecho posible esta iniciativa, continuación de un compromiso anterior de Susana Díaz de apoyarla, tras mantener una reunión en enero con el ministro principal de Gibraltar, Fabián Picardo.

Las agrupaciones de este tipo se constituyen para facilitar la cooperación de regiones fronterizas de varios Estados; pero nunca entre un Estado de la UE y una colonia de otro Estado a quien la Asamblea General de la ONU insta desde hace décadas a poner fin a esta anacrónica situación. Y aquí reside el problema. La creación de una AECT así generaría una entidad jurídica transfronteriza independiente; lo que puede tener consecuencias fatales para la política exterior española.

Es loable la búsqueda de soluciones para hipotéticos futuros problemas derivados de la salida del Reino Unido de la UE, como la situación de 7.000 trabajadores del Campo de Gibraltar que trabajan en el Peñón. Si este deja de ser territorio de la UE, su libertad de movimiento puede verse dañada. No obstante, y esta sería la primera consideración, está por ver que se haga efectiva la salida del Reino Unido de la UE. Toda medida anterior a dicha certeza corre el riesgo de ser papel mojado por haber puesto el remedio antes de que se produjera el daño. Por otro lado, de materializarse el ‘brexit’, será necesario atender al acuerdo de los veintisiete con el Reino Unido sobre los términos en los que la salida tendría lugar. Si ésta fuera amistosa y con participación en el mercado interior, los problemas temidos no llegarían a materializarse.

Por el contrario, la actividad frenética de las autoridades regionales y municipales del Campo, convenientemente activadas por Picardo y por las perspectivas electorales a corto plazo, podría dañar de forma irremediable las aspiraciones españolas de resolver el contencioso colonial de Gibraltar con el Reino Unido y el contencioso territorial por su ilegal ocupación del istmo. Que una autoridad regional o local española concluya una iniciativa de este tipo puede interpretarse como un reconocimiento internacional de Gibraltar, cosa a la que siempre se ha opuesto España con buen criterio, manteniendo el carácter bilateral de las negociaciones con el Reino Unido. Además, podría esgrimirse que, al participar en un ente europeo de cooperación transfronteriza, España reconoce tácitamente la pertenencia de Gibraltar al Reino Unido, consolidando esta insólita situación colonial.

La jugada de Picardo es magistral: se asegura ‘seguir en Europa’ beneficiándose de la cooperación transfronteriza con Andalucía, pero manteniendo su carácter británico, en caso de que el ‘brexit’ prospere. Si no lo hace, consigue su protagonismo como parte de un ente jurídico bendecido por la UE, con lo que será más difícil rechazar su capacidad para participar en las negociaciones España-Reino Unido.

Ante tal atropello del que las autoridades regionales no quieren percatarse, el Estado debe velar por que los intereses nacionales prevalezcan y por la coherencia de la acción exterior. Así lo garantiza la Ley Española de Acción y Servicio Exterior del Estado, de 2014, que atribuye a este la planificación de la política exterior y obliga a sujetarse a sus principios, directrices y objetivos a todos los entes territoriales a los que se reconoce capacidad de acción exterior. El Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación debe hacer respetar la unidad de acción en el exterior, para una mejor defensa de los intereses nacionales.

Y aquí, pese a quien pese, se sitúa el límite para la acción exterior de las comunidades autónomas. Por sus propias competencias, un ente territorial no tiene sentido de Estado y probablemente se vea tentado de satisfacer sus necesidades sociales, laborales o económicas, desconociendo el interés general. España ha presentado a Londres y ante la ONU una propuesta generosa de soberanía compartida sobre Gibraltar, con posibles períodos transitorios flexibles que permitieran a los gibraltareños percibir la protección e incluso mejora de sus condiciones de vida, gozando al mismo tiempo de la ciudadanía europea. Los intereses de los trabajadores españoles en Gibraltar se verían protegidos. Únicamente las actividades y tráficos ilícitos saldrían perjudicados. Dejemos pues que la diplomacia actúe, sin segarle la hierba bajo los pies.

Natividad Fernández Sola es titular de la Cátedra Príncipe de Asturias de la Universidad de Georgetown (EE. UU.)