El caso de las entradas falsas de la Alhambra se salda con diez condenados

El principal acusado, responsable de una agencia de viajes y guía turístico, deberá además indemnizar con 58.000 euros al patronato del monumento nazarí.

La Alhambra de Granada.
Imagen de archivo de la Alhambra de Granada vista desde el barrio del Albaicín.
Efe

La Audiencia de Granada ha condenado a 17 meses de cárcel a Francisco C.J., principal acusado en el conocido como caso Alhambra, que enjuició el supuesto fraude en los accesos al monumento nazarí, y a otros nueve procesados a penas que oscilan entre los 3 y 9 meses, mientras que ha absuelto a los 40 restantes.

La sentencia de la Sección Segunda del tribunal provincial, notificada este viernes, considera probado que los condenados -finalmente una decena del medio centenar de acusados- cometieron los delitos continuados de estafa y falsedad en documento mercantil, aunque los absuelve de los de daño patrimonial y cohecho.

El principal acusado, responsable de una agencia de viajes y guía turístico, deberá además indemnizar con 58.000 euros al Patronato de la Alhambra, entidad pública que gestiona el monumento más visitado de España, y afrontar una multa de otros 18.000.

Además de a este agente y guía turístico, la sentencia condena a su mujer y a su excuñada, que fueron socias junto a él de las agencias turísticas investigadas, a seis oficiales del Patronato, encargados del control de los accesos a la Alhambra, y a un empleado de banca, y absuelve en su mayoría a peones del monumento.

Este juicio se celebró en una sala especial desde el 15 de septiembre al 19 de diciembre de 2016, tras una instrucción que se alargó durante casi nueve años y que ha culminado hoy con el fallo, dado a conocer más de un año después de que finalizara la vista.

La sentencia, de más de 200 páginas, aplica a todos los condenados la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas por el tiempo transcurrido desde el inicio del caso hasta este fallo.

La instrucción y el juicio posterior tuvieron como objetivo determinar si entre 2002 y 2005 se desarrollaron prácticas ilegales en el acceso a la Alhambra que favorecieron un fraude y el enriquecimiento de los implicados, junto a un posible daño a este espacio declarado Patrimonio de la Humanidad de la Unesco.

Según la resolución, "resultan abrumadoras" las pruebas de cargo contra Francisco C.J., a quien el fiscal, que le solicitó una condena de diez años y medio de cárcel, calificó durante el juicio como "cabecilla" de esta causa.

La Audiencia de Granada considera además en su fallo que este guía entraba al monumento con sus numerosos grupos y sin el total de la entradas necesarias, algunas "incluso falsificadas", y que actuaba así gracias a la colaboración de los demás acusados, "aumentando de este modo sus beneficios en clara defraudación para el Patronato de la Alhambra".

La sentencia también condena a la que fue su socia y cuñada, Pilar A.B., que alcanzó un acuerdo antes de comenzar la vista oral y aceptó una pena de nueve meses de prisión, y a su mujer, Joaquina D.H., a otros seis meses de cárcel por estafa al considerar que "no es posible" que no conociera "la defraudación que ella misma preparaba a diario" por instrucción de su marido.

El tribunal condena además a seis oficiales de la Alhambra por "tolerar" que el principal condenado accediera al monumento alterando los cupos y expone que "resulta extraño" que lo hicieran sin obtener "beneficio o ventaja".

La decena de condenados se completa con el empleado de una sucursal bancaria, Juan Antonio T.V., que también acordó en su día por conformidad una pena de tres meses y un día de prisión por un delito continuado de apropiación indebida.

Entre los cuarenta absueltos destaca la hija de Francisco y Joaquina, que fue acusada de los delitos de apropiación indebida o estafa por la Fiscalía y de falsedad documental, cohecho y daños al Patrimonio, un delito por el que ninguno de los 50 procesados ha sido condenado.

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