El CGPJ señala que la Generalitat no puede inspeccionar los juzgados

El texto afirma que las comunidades autónomas no pueden "ejercer labores o cometidos que materialmente sean actos de inspección" de los órganos judiciales.

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha avalado el acuerdo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que señala que el Gobierno de la Generalitat no puede ejercer labores de inspección de los órganos judiciales.

Lo ha hecho a través de un informe aprobado por la Comisión Permanente del órgano de gobierno de los jueces, que respalda el acuerdo del TSJC sobre el proyecto del Gobierno catalán denominado 'Visió Justícia: sistema d'avaluació i millora contínua', de evaluación de los juzgados con sede en Cataluña.

El texto afirma que las comunidades autónomas no pueden "ejercer labores o cometidos que materialmente sean actos de inspección" de los órganos judiciales, por lo que entiende "ajustado a derecho en su integridad" el acuerdo adoptado el pasado 30 de mayo por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en relación con el proyecto de la Generalitat.

Dicho acuerdo decidió que, en tanto no fuesen autorizados en su caso por el CGPJ, no se permitirían los accesos a los sistemas de gestión procesal ni las actividades y visitas de inspección programadas por los equipos de la Generalitat en varios juzgados con sede en esta comunidad autónoma.

El informe recuerda que la Constitución "atribuye de modo inequívoco al Consejo la inspección" de juzgados y tribunales.

"Por ello, no es posible que servicios, unidades o equipos dependientes del Departamento de Justicia de la Generalitat de Cataluña lleven a cabo actuaciones que, más allá de su denominación, signifiquen el ejercicio material de una función inspectora de juzgados y tribunales", precisa el texto.

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