Condenados dos motoristas tras morir una menor por sus "caballitos" en Cheste

La menor viajaba de acompañante y sin casco cuando cayó al suelo y se golpeó mortalmente la cabeza.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a dos años de prisión a dos motoristas que chocaron frontalmente mientras hacían "caballitos" en una calle de Cheste durante la celebración del Gran Premio de Motociclismo de 2007, por la muerte de una menor de 15 años.


Según la sentencia hecha pública hoy por el Tribunal Superior de Justicia valenciano, a consecuencia del choque, la menor, que viajaba de acompañante y sin casco en una de las dos motos cayó al suelo y se golpeó mortalmente la cabeza.


La Sala, que considera a los dos conductores culpables de un delito de conducción temeraria en concurso con homicidio imprudente, confirma el fallo del Juzgado de lo Penal número 2 de Valencia.


Los hechos sucedieron en una calle de Cheste en noviembre de 2007 durante la celebración del Gran Premio de Motociclismo.


En la vía se había concentrado una gran cantidad de gente para contemplar cómo circulaban los vehículos, formando un pasillo de pocos metros, y uno de los condenados, sin carné de conducir motocicletas, pilotaba a gran velocidad una moto en la que llevaba como acompañante a la menor, ambos sin casco.


El conductor hizo maniobras de levantamiento de la rueda delantera al mismo tiempo que lo hacía otro conductor, con una minimoto, en dirección opuesta.


Ambos vehículos chocaron frontalmente y como consecuencia de la colisión cayeron el conductor de la motocicleta y la menor, quien se golpeó con la cabeza contra el suelo y falleció; además, una espectadora resultó herida tras sufrir una caída al intentar apartarse cuando se produjo el accidente.


En la sentencia, el juez considera que tanto el fallecimiento de la adolescente como las lesiones de la espectadora "son causadas por la acción imprudente de ambos acusados".


Añade que los dos conductores exhibieron una "temeridad manifiesta que supone la inobservancia total y absoluta de las normas más elementales de seguridad en el tráfico de vehículos de una forma patente, clara y apreciable para cualquier persona".


Por otra parte, el ponente determina que no ha quedado probada la responsabilidad del Ayuntamiento de Cheste ya que el consistorio "puso los medios para evitar la comisión de los hechos, sin que se le pueda achacar la responsabilidad por déficit de previsión con incidencia causal".


En concreto, el juez da por válidos los carteles municipales de prohibición de hacer "caballitos" y los que indicaban "Atención Peligro", así como las medidas de seguridad que puso en marcha el Ayuntamiento que reforzó el número de agentes de policía e intervino hasta 40 vehículos.

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