​Madrid reducirá la velocidad en la M-30 y limitará la circulación en casos de alta contaminación

La restricción se hará en función del último dígito de las matrículas, par o impar, coincidiendo con el día del mes.

Madrid ya restringe el tráfico y el aparcamiento cuando se dispara la contaminación atmosférica
​Madrid reducirá la velocidad en la M-30 y limitará la circulación en casos de alta contaminación
Efe

El Ayuntamiento de Madrid establecerá límites de velocidad en la M-30 y en las carreteras de acceso a Madrid, se prohibirá el estacionamiento de coches de los no residentes en la zona SER y se restringirá la circulación del 50% en el interior de la almendra central (área interior de la M-30) en episodios de alta contaminación de la mano de un nuevo protocolo, que entrará en vigor este domingo.


Este protocolo tiene carácter preventivo y se aplicará en los casos en los que, sin alcanzarse los niveles de alerta, puedan registrarse niveles excepcionalmente elevados de dióxido de nitrógeno (NO2). Se hará para proteger a los ciudadanos de una exposición elevada de este contaminante, que se da fundamentalmente en periodos de estabilidad atmosférica.


En los casos de niveles excepcionalmente elevados de NO2 se prevé la adopción de medidas extraordinarias para evitar un incremento de esos valores y limitar la duración de estos episodios, para lo que se han establecido distintos escenarios en los que se adoptarán, de forma gradual, medidas informativas, de restricción de tráfico y de promoción del transporte público. Dependerán de los niveles alcanzados, de la previsión meteorológica y de la previsión de duración del episodio.Cinco zonas

El Ayuntamiento divide la ciudad en cinco zonas. La Z1, que corresponde al interior de la M-30, es en la que se registran los mayores niveles de concentración de óxidos de nitrógeno generados por el tráfico y, consecuentemente, será donde se centren las principales actuaciones ante episodios de estabilidad atmosférica persistentes.


En función de los niveles de concentración de NO2 que se produzcan, se establecerán tres niveles de actuación (Pre-aviso, Aviso y Alerta). Mientras que el último está previsto en la Directiva Europea 2008/50, el pre-aviso y el aviso son dos niveles que establece el Ayuntamiento de Madrid para anticipar las acciones y reforzar la protección de los ciudadanos.


También se establecen tres tipos de medidas, (informativas, de restricción de tráfico y de promoción del transporte público), que se aplicarán en función de los niveles de concentración y la previsión de la duración del episodio.Niveles de actuación y medidas

El nivel de preaviso se alcanzará cuando en dos estaciones de una zona se superen los 200 microgramos/m3. El de aviso saltará cuando en dos estaciones se alcancen los 250 microgramos/ m3. La alerta se producirá en el momento en el que tres estaciones de una zona (o dos si se trata de la zona 4) se superen los 400 microgramos/ m3.


Las medidas a adoptar serán informativos de nivel 1, internas, dirigidas a los responsables más directos de la gestión de la calidad del aire para seguir de cerca la evolución de la situación. Las medidas informativas de nivel 2 se dirigirán a la población y, de forma simultánea a los departamentos y organismos relacionados con la salud y el medio ambiente. Estará disponible a través de la web municipal, los paneles informativos de tráfico, la EMT, el Consorcio Regional de Transportes, los servicios de emergencias, los medios de comunicación y las redes sociales.


También se informará sobre las medidas de restricción de tráfico y de promoción de transporte público, previstas en el protocolo, así como del momento previsto para su implantación en función de los niveles que se registren.


Las medidas informativas de nivel 3 conllevarán la activación del sistema de Alertas de Salud Ambiental, notificándolo a los servicios autonómicos competentes en salud ambiental y atención sanitaria, asociaciones médicas y de pacientes, colegios profesionales... para dar la máxima difusión de las recomendaciones sanitarias a la población. En este caso se recomendará minimizar la exposición.Restricción del tráfico por matrícula

Las medidas de restricción del tráfico fase 1 supondrán la limitación de la velocidad en la M-30 y en las carreteras de acceso a Madrid a partir de la M-40. Así, se establecerá el límite máximo de velocidad de 70 km/h o el inferior que esté señalizado. En las medidas de fase 2 se sumará la prohibición de estacionar vehículos de no residentes en la zona SER, a excepción de los comerciales, los taxis en servicio, los de personas con movilidad reducida y los de cero emisiones.


Todas estas medidas se acumularán, en el caso de la fase 3, a restricciones en la circulación en el interior de la almendra central, es decir, dentro de la M-30, para el 50 por ciento de todos los vehículos menos transporte público, escolar, vehículos comerciales, cero emisiones, de personas con movilidad reducida, servicios esenciales, motos y ciclomotores.


La distinción se realizará por matrícula en función del último dígito de las matrículas, par o impar, coincidiendo con el día del mes. Las medidas serán aplicables a los taxis vacíos, a excepción de ecotaxis y eurotaxis. En la fase 4 se incluirían además la restricción a la circulación a toda la M-30.

El Ayuntamiento se decanta igualmente por medidas de promoción del transporte público, lo que les llevará a solicitar al Consorcio Regional de Transportes que adopte las iniciativas necesarias para maximizar su capacidad durante el periodo de duración de la restricción del tráfico.