La denominación de Grado en las Enseñanzas Artísticas se cambia a Título Superior

El decreto modifica uno de 2009 y sustituye los grados por títulos superiores.

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto sobre la ordenación de las Enseñanzas Artísticas Superiores por el que la denominación de Grado se sustituye por la de Título Superior.


El real decreto aprobado por el Gobierno modifica otro de 26 de octubre de 2009, que estructuraba las enseñanzas artísticas superiores en Grado y Postgrado, denominaciones sobre las que el Tribunal Supremo (TS) ha emitido varias sentencias en las que indicaba que grado debe ser sustituido por Título Superior.


La referencia del Consejo de Ministros explica que la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce) ya atiende a las sentencias del TS y modifica al respecto varios artículos (del 54 al 57) de la Ley Orgánica de Educación (LOE).


En concreto, la Lomce hace cambios sobre la obtención del Título Superior correspondiente a los estudios superiores de Música o de Danza, las enseñanzas de Arte Dramático, las enseñanzas de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, los estudios superiores de Diseño y los estudios superiores de Artes Plásticas, entre los que se incluyen los estudios superiores de cerámica y los estudios superiores del vidrio.


Estas modificaciones no influyen sobre el reconocimiento de los títulos de las enseñanzas artísticas superiores, ya que la Lomce señala expresamente que los Títulos Superiores de las enseñanzas artísticas quedan incluidos a todos los efectos en el nivel 2 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior y serán equivalentes al título universitario de Grado.


Y siempre que la normativa aplicable exija estar en posesión del título universitario de Grado, se entenderá que cumple este requisito quien esté en posesión del Título Superior de Enseñanzas Artísticas