Ortega Cano recibe el alta hospitalaria y es trasladado de nuevo a la cárcel de Zuera

?El diestro ingresó el 1 de noviembre en el centro sanitario con problemas respiratorios, fiebre alta, escalofríos y vómitos de sangre.

José Ortega
Ortega Cano recibe el alta hospitalaria y es trasladado de nuevo a la cárcel de Zuera
EFE

El torero José Ortega Cano, que cumple condena en el centro penitenciario de Zuera por homicidio imprudente, ya se encuentra de nuevo reintegrado en la rutina de la prisión tras haber superado un proceso de neumonía. La Guardia Civil lo trasladó el pasado lunes por la tarde al centro penitenciario después de que los médicos del Hospital Miguel Servet de Zaragoza decidieran darle el alta hospitalaria ante su patente mejoría.


El diestro ingresó el 1 de noviembre en el centro sanitario con problemas respiratorios, fiebre alta, escalofríos y vómitos de sangre. Su estado obligó a excarcelarlo de urgencia y, tras un primer reconocimiento en boxes, los médicos aconsejaron su hospitalización. Desde ese día ha estado en el modulo de seguridad, donde habitualmente son atendidos los presos y está custodiado las 24 horas por la Policía Nacional. Aunque las visitas en este régimen están bastante limitadas, el torero ha podido ver a su familia cuando se le ha permitido.


Esta no ha sido la primera vez que el torero ha tenido que ser trasladado al Miguel Servet, aunque sí la primera que ha permanecido ingresado. En otras ocasiones ha sido excarcelado para someterle a pruebas médicas.

José Ortega Cano cumple su condena en el llamado módulo de respeto, una unidad de separación dentro del propio centro penitenciario donde los internos participan en la vida, tareas y as decisiones del módulo, a través de grupos de trabajo y comisiones de internos. La finalidad, según la propia dirección general de Instituciones Penitenciarias, es lograr un clima de convivencia y máximo respeto entre los residentes del módulo.


El diestro ingresó el pasado 23 de abril en la cárcel de Zuera para cumplir una condena por delitos de homicidio imprudente y contra la seguridad del tráfico por originar en mayo del 2011 un accidente cuando conducía su todoterreno en las proximidades de su finca en Castilblanco de los Arroyos (Sevilla), con una la tasa de alcoholemia que triplicaba la autorizada. En el siniestro falleció el conductor del vehículo con el que colisionó, Carlos Parra.


Enfermedad coronaria


El abogado de Ortega Cano, Enrique Trebolle, solicitó que se suspendiera el cumplimiento de la pena alegando problemas de salud, en concreto por tener una arritmia cardiaca y una arteria bloqueada. El letrado planteó que podía serle de aplicación el artículo 80.4 del Código Penal, previsto para los penados aquejados de enfermedades muy graves con padecimientos incurables.


Tanto la fiscalía como la familia del fallecido se opusieron y el examen forense al que fue sometido para valorar esta petición determinó que su dolencia cardiaca era compatible con su estancia en prisión. También que estaba perfectamente medicado con los fármacos necesarios para la prevención del riesgo cardiovascular y que, en el caso de que fuera necesaria, había una «rápida posibilidad» de ser asistido.


El informe recogía que la edad coronaria y riesgo cardiovascular de Ortega Cano eran equivalentes a los de una persona de más de 70 años, pese a que el condenado cuenta actualmente con 60. Para la magistrada que tenía que decidir si suspendía la ejecución de la condena, todo lo anterior implica que la edad coronaria o riesgo cardiovascular del penado, según estudios médicos, es algo superior a la que le corresponde por su edad biológica, lo que supone la probabilidad de sufrir un accidente cardiovascular que tiene cualquier persona de 70 años, en lugar de los 60 años que tiene el torero.