Se simplifica la reclamación de salarios de tramitación en juicios de despido

Los salarios de tramitación son las cantidades que tiene derecho a percibir un trabajador cuando su despido es declarado improcedente.

El Gobierno ha decidido este viernes simplificar el procedimiento para reclamar al Estado los salarios de tramitación en los juicios por despido.


Para ello el Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que ha sido propuesto por los ministros de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón; Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez; y Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro.


Los salarios de tramitación son las cantidades que tiene derecho a percibir un trabajador cuando su despido es declarado improcedente y el empresario opta finalmente por la readmisión.


La cuantía total equivale a la suma de los salarios que se han dejado de percibir desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia que declare la improcedencia o hasta que el trabajador haya encontrado otro empleo, si esta colocación es anterior a la sentencia.


Cuando la sentencia que declara la improcedencia del despido se dicta pasados más de 90 días hábiles desde la presentación de la demanda, el empresario obligado a pagar los salarios de tramitación puede reclamar al Estado el abono de la cantidad correspondiente al tiempo que exceda ese periodo.


En caso de insolvencia provisional del empresario, el propio trabajador despedido podrá efectuar la reclamación.


Según el Gobierno, el real decreto propone una simplificación de los trámites para agilizar la gestión de estos expedientes y reducir demoras en el abono de estas cantidades.


A partir de ahora, la instrucción del expediente hasta la propuesta de resolución se llevará a cabo en las áreas de empleo de las Delegaciones del Gobierno.


De acuerdo con la referencia del Consejo de Ministros, la propuesta de resolución de cada expediente se remitirá a los servicios centrales del Ministerio de Justicia, que será el competente para la resolución efectiva y para la aprobación del correspondiente gasto que haga efectivo el pago de los salarios de tramitación reclamados.