El Gobierno aprueba un nuevo marco jurídico de protección de los menores

Entre otras leyes, se reforma el Código Civil, la ley orgánica de Protección Jurídica del Menor.

Soraya Saénz de Santamaría y Ana Mato
Una familia será numerosa hasta que el hijo menor tenga 21 años o 26 si estudia

El Gobierno ha aprobado dos anteproyectos de ley que modifican el conjunto de leyes relacionadas con la protección de los menores, para agilizar los procesos de acogimiento y adopción y reforzar la protección de los menores ante situaciones de abusos sexuales y de violencia de género.


Entre otras leyes, se reforma el Código Civil, la ley orgánica de Protección Jurídica del Menor, la de Adopción Internacional y la Integral de Medidas contra la Violencia de Género para permitir el desarrollo de las medidas aprobadas en el Plan de Infancia y Adolescencia 2013-2016.


Esta "ambiciosa" reforma "coloca en primer lugar el interés superior del menor", ha dicho la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, tras la reunión del Consejo de Ministros.


La nueva regulación impedirá que personas condenadas por delitos contra la libertad sexual o explotación de menores desarrollen trabajos que tengan contacto con niños y obligará a autoridades, funcionarios y profesionales a denunciar ante el fiscal los abusos que conozcan en el ejercicio de su profesión.


Regula la adopción abierta que permitirá mantener la relación con los padres biológicos, reconoce a los menores como víctimas de violencia machista y evita que el menor víctima o testigo tenga que comparecer en varias declaraciones judiciales.


La ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato, ha destacado que los dos anteproyectos aprobados han sido fruto del consenso entre las comunidades autónomas y con la colaboración del ministerio de Justicia.


Ha recordado que en España hay casi 35.000 menores que se encontraban bajo tutela o guarda de las administraciones, de los que 21.000 están en acogimiento y 14.000 esperan en residencias la llegada de una familia.


Por primera vez, se definen en una norma de rango estatal las situaciones de riesgo y desamparo de los menores, que dará lugar a la tutela del menor por parte de la entidad competente.


Una vez superados dos años desde la declaración de desamparo, solo el Ministerio Fiscal podrá impugnarla, no los padres biológicos, y las entidades públicas podrán decidir cualquier medida de protección que consideren necesaria, como la adopción.


Se priorizará el acogimiento familiar frente al residencial, especialmente para menores de tres años y en los casos que haya más hermanos se buscarán las opciones que permitan que estén juntos.


"Se trata de buscar la mejor familia para cada niño", ha dicho Mato.