Reforma Integral de los Registros

La reforma del Registro Civil contempla la inscripción del domicilio y los seguros de vida

Centraliza datos relevantes del fallecimiento para evitar un "penoso peregrinaje" registral y enriquecimientos injustos por parte de sociedades de seguros.

El nuevo Registro Civil contempla nuevos hechos inscribibles como el domicilio, el régimen económico del matrimonio, los seguros de vida y accidentes, los planes de pensiones o los actos relativos a la constitución y régimen del patrimonio protegido de las personas con discapacidad.


Así figura en el borrador del anteproyecto de ley de Reforma Integral de los Registros, que incluye una veintena de actos referidos a la identidad y al estado civil de la persona que podrán ser inscritos registralmente.


Los contratos de seguro de vida con cobertura de fallecimiento, los seguros de accidentes que cubran la contingencia de la muerte del asegurado o las indemnizaciones en casos de invalidez, los planes de pensiones u otros sistemas similares de previsión, los seguros de decesos que cubran los gastos del propio fallecimiento, así como cualquier otro producto financiero que reglamentariamente se determine pasarán a ser inscribibles con la nueva ley.


El Gobierno incorpora la información contenida en los Registros de Actos de Última Voluntad y de Seguros de vida a la hoja personal de cada interesado con el fin de centralizar en el Registro Civil todos los datos personales relevantes al tiempo del fallecimiento y eliminar la "indeseable dispersión actualmente existente y, con ella, el penoso peregrinaje registral".


Se facilita así la elaboración de un "completo inventario de los intereses del causante para evitar dificultades, olvidos o, en el peor de los casos, enriquecimientos injustos por parte de sociedades de seguros o inversión".


Información sobre poderes

El artículo 4 del articulado también incorpora actos como el otorgamiento, la modificación, la suspensión, la revocación y la cancelación de los poderes de representación otorgados por las personas físicas, incluidos los apoderamientos preventivos. El Ministerio de Justicia quiere mejorar así la seguridad en el tráfico jurídico para que cualquiera pueda comprobar la susbistencia del poder de representación.


El ciudadano tendrá la opción de inscribir su domicilio en el Registro Civil para recibir notificaciones y emplazamientos en toda clase de procedimientos, eliminando "indeseables" situaciones de indefensión por falta de posibilidades efectivas de comunicación. El borrador explica que será suficiente la declaración del interesado, suscrita con su firma electrónica, o el acta notarial solicitando la constancia registral de su dirección.


Notarios en divorcios y expedientes de nacionalidad

La reforma del Registro Civil incorpora importantes novedades como lasupresión de las bodas gratuitas ante los jueces, para ser sólo de pago ante alcaldes o concejales, o ante notarios o cónsules.


Los notarios también intervendrán en separaciones y divorcios, quedando condicionada la eficacia del acuerdo al informe favorable del Ministerio Fiscal "cuando existan hijos que puedan resultar perjudicados". También darán fe del requisito de juramento o promesa a la ley y renuncia a la anterior nacionalidad cuando se adquiera la española por residencia.


El matrimonio se inscribirá junto al régimen económico legal o pactado entre los cónyuges, resoluciones judiciales y demás hechos que puedan afectar al mismo en el nuevo modelo de Registro Civil, que también recoge la separación, la nulidad y el divorcio.