Infraestructuras

El TC declara nulo un apartado de la ley ferroviaria

El Tribunal considera que definir las infraestructuras de la red ferroviaria como de interés general no respeta los criterios de delimitación competencial.

El Tribunal Constitucional ha declarado nulo un apartado de la ley estatal del sector ferroviario que incluye a todas las infraestructuras administradas por Renfe o Adif en la "red de interés general" y habilita al Ministerio de Fomento a añadir a esta red otras nuevas cuando lo considere oportuno.


El fallo responde a los recursos presentados hace ocho años por los gobiernos de Cataluña, Extremadura, Asturias, Aragón y Castilla-La Mancha por considerar que la ley vulneraba sus competencias.


En las observaciones preliminares, el tribunal considera que el real decreto de liberalización ferroviaria de julio pasado, que prevé la segregación de Renfe Operadora en cuatro sociedades mercantiles "no afecta al contenido de los preceptos que han sido objeto de los presentes recursos de inconstitucionalidad".


El tribunal considera inconstitucional el apartado 1 de la disposición adicional novena porque "no respeta los criterios de delimitación competencial" al definir las infraestructuras que integran la red ferroviaria de interés general.


El resto de los recursos referentes a otras partes del texto han quedado desestimados.


Los reproches de inconstitucionalidad de los recurrentes giraban en torno a tres ejes: que el Estado pueda por sí solo configurar un sistema común de transporte; la indebida extensión de la competencia estatal a todas las infraestructuras ferroviarias "esenciales", incluidas las de titularidad autonómica; y la utilización para ello del criterio del interés general.


La sentencia indica que la impugnación de la denominación de la red estatal ferroviaria como "red ferroviaria de interés general" no puede prosperar y reconoce la legitimidad del Estado para "garantizar un sistema común de transporte ferroviario en el territorio del Estado".


Al mismo tiempo lamenta "la inseguridad jurídica" que crea, tanto a las distintas administraciones públicas como a los actores ferroviarios, el hecho de que a día de hoy se siga careciendo de un catálogo de las líneas ferroviarias que el Estado considera que pertenecen a su esfera de competencias.