Juicio en Gerona

Lianne Smith condenada a 30 años de prisión por asesinar a sus dos hijos

La mujer reconoció que había acabado con la vida de sus hijos al asfixiarlos en la habitación de un hotel en Lloret de Mar con una bolsa de plástico.

La Audiencia de Gerona ha condenado a la británica Lianne Smith a 30 años de prisión por dos delitos de asesinato, después de que el jurado popular la considerara culpable de acabar con la vida de sus dos hijos, de cinco años y once meses, en un hotel de Lloret de Mar el 17 de mayo de 2010.


Según refleja la sentencia, a Smith se le ha aplicado el agravante de parentesco y los atenuantes de confesión y alteración mental.


La mujer, que fue juzgada hace dos semanas en la Audiencia de Gerona, reconoció en todo momento que había acabado con la vida de sus hijos al asfixiarlos en la habitación del hotel con una bolsa de plástico.


La británica era pareja en el momento de los hechos de Martin Anthony Smith, con el que había abandonado el Reino Unido en 2007 al estar este acusado de abusos sexuales.


La sentencia considera probado que Lianne Smith asfixió a sus dos hijos, Rebeca y Daniel Smith, la noche del 17 de mayo de 2010 en la habitación del hotel en el que se hospedaban, aunque también que esta padecía en ese momento una depresión emocional patológica y un trastorno psicótico no especificado que afectaban "gravemente sus capacidades de entender y/o querer".


Al día siguiente, la mujer se dirigió a la recepción del establecimiento para solicitar la presencia de la policía, tras lo que confesó los hechos.


La condena considera a Lianne Smith culpable de dos delitos de asesinato con alevosía, tal y como propuso durante el juicio la fiscalía.


Aunque Smith se negó a responder a las preguntas del fiscal, la sentencia considera pruebas que acreditan los hechos tanto las declaraciones que había realizado la británica ante el Juzgado de Instrucción como las que aparecían en un vídeo grabado por la policía en la habitación del hotel.


El testimonio de los agentes que actuaron aquel día, que descartaron la intervención de otro adulto, y el de la recepcionista también se tienen en cuenta como prueba clarificadora.


La sentencia considera que la edad de las víctimas les impidió defenderse en todo momento y se aplica el agravante de parentesco, una vez confirmado éste mediante pruebas de ADN.


Por lo que se refiere a la alteración mental de Lianne Smith, la sentencia señala que se trata de un atenuante "y no de una eximente incompleta como la representación letrada de la acusada quiso entender torcidamente a la hora de solicitar la pena en la lectura del veredicto".


Para rechazar que esta alteración hubiese anulado totalmente las capacidades de Smith, la condena se ha fundamentado en los exámenes psiquiátricos que se han practicado a la británica durante su estancia en prisión.


La sentencia descarta igualmente que, tal y como afirmó Lianne Smith durante el juicio, el miedo a que los servicios sociales le quitasen la custodia de sus hijos tras la detención de Martin Anthony Smith la obligase a acabar con la vida de ambos.


De todos modos, la atenuante de alteración mental y confesión han llevado al tribunal a imponer la pena mínima de quince años de prisión por cada uno de los asesinatos, así como a satisfacer las costas del juicio.