movilidad urbana

Los seis tipos de multas a los que se enfrentan los patinetes eléctricos

Tráfico exime de permiso y seguro a los patinetes, que no podrán ir por la acera, en una nueva norma pendiente de ser adaptada por los ayuntamientos.

Patinetes de Lime (verde) y Koko (naranja), en el paseo de la Independencia
Patinetes de Lime (verde) y Koko (naranja), en el paseo de la Independencia
Guillermo Mestre

Ante el bloqueo legislativo, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha publicado una norma que regula el uso de los patinetes y obliga a los ayuntamientos a adaptar sus ordenanzas. El nuevo reglamento exime de seguro, matrícula y permiso de circulación al usuario, impide que circulen por aceras y fija unas sanciones para los infractores que oscilarán entre los 100 y los 1.000 euros, en el caso, este último, de que el conductor haya consumido drogas. La normativa define a patinetes y monopatines eléctricos como vehículos de movilidad personal «de una o más ruedas, de uso para una sola persona y propulsado por motores eléctricos con una velocidad máxima de 25 km/h».

A falta de que se establezca una normativa definitiva a nivel nacional y por parte de los ayuntamientos, Tráfico ha introducido una serie de normas de uso para los vehículos de movilidad Personal que incluyen una serie de sanciones en caso de incumplimiento.

Serán denunciables, según la DGT, los siguientes casos.

1. Alcohol y drogas. En caso de sobrepasar las tasas de alcohol o de que haya presencia de drogas en el organismo del conductor, éstos serán sancionados con la misma cuantía económica que si condujeran cualquier otro vehículo, con multas de entre 500 y 1.000 euros. Además, los conductores tendrán la obligación de someterse a las pruebas de alcohol y drogas, ya que, si no, recibirán una denuncia por infracción administrativa.

2. Teléfono móvil y auriculares. Queda prohibido utilizar el móvil y llevar auriculares mientras se conducen patinetes. La sanción, en ambos casos, será de 200 euros.

3. Casco y otros elementos de protección. A falta en estos momentos de una regulación en el Reglamento General de Circulación, el uso de estos elementos se regirá por lo que disponga la correspondiente ordenanza municipal. En el caso de que la Ordenanza regule el uso obligatorio de casco, el agente sancionará con 200 euros. De momento, en Zaragoza no es obligatorio el uso del casco.

4. Circulación. Los vehículos de movilidad personal no podrán circular por las aceras ni por las zonas peatonales, una práctica que será multada con 200 euros.

5. Pasajeros. Los patinetes y monopatines eléctricos sólo están autorizados para transportar a una persona, por lo que la circulación con pasajeros será sancionable con 100 euros de multa, aunque en Zaragoza, la sanción que se impone oscila entre 18 y 36 euros.

6. Sanciones a menores. En caso de que la infracción sea cometida por un menor de 18 años, serán los padres, tutores, acogedores o guardadores legales o de hecho los que respondan solidariamente a ella.

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