Cinco claves (en términos legales) para alquilar un garaje

Para que un contrato de alquiler sea efectivo debe figurar en un documento escrito la identidad del propietario y del arrendatario, describir la plaza y la situación, el importe del alquiler y la fianza.

En Zaragoza hay 6.534 plazas en la zona azul o naranja.
En Zaragoza hay 6.534 plazas en la zona azul o naranja.
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Ya sea por las inclemencias del tiempo (tanto el calor como el frío pueden afectar a algunas partes del vehículo), por la dificultad para encontrar sitio en la calle o por la comodidad y seguridad que aporta, contar con una plaza de garaje es una opción a la que recurren muchos conductores. 

Encontrar un aparcamiento adecuado no es tarea sencilla, pues hay garajes con plazas muy pequeñas, que requieren de miles de maniobras e incluso con columnas que parecen moverse y provocan que el coche luzca algún que otro roce. Superado este proceso, puede comprarse la plaza o adquirirla en régimen de alquiler, en cuyo caso es fundamental contar con un contrato, pues ante cualquier imprevisto existe un documento legal al que recurrir. Para que este sea válido debe ser por escrito, incluir la identidad del propietario y del arrendatario, describir la plaza y la situación y establecer la duración del contrato, el importe del alquiler y la fianza.

1. Legislación: este tipo de alquileres se regula a través de la Ley de Arrendamiento Urbanos, pues se considera la plaza de garaje como un añadido de la vivienda y queda regulada por la misma normativa.Para evitar abusos se aplican los artículos 1542 a 1582 del Código Civil. 2. Impuestos: cuando se alquila un garaje, el inquilino está obligado a pagar el impuesto del IVA, igual que el propietario debe declararlo y realizar las liquidaciones trimestrales del IVA. Los gastos de comunidad y el IBI pueden ser asumidos por cualquiera de las dos partes, pero deberá especificarse en el contrato. 3. Responsabilidades: los actos de robo o vandalismo que puedan producirse sobre el vehículo no son responsabilidad del propietario, aunque la plaza sea suya. No obstante, este está obligado a realizar todas las reparaciones necesarias para mantener la plaza de garaje en buen estado y facilitar su uso.  4.  Fianza: aunque no es obligatoria, en caso de solicitar una fianza, el inquilino debe abonarla al comienzo del alquiler para cubrir los gastos iniciales, como puede ser la compra de un mando para la puerta. 5. Deshaucio: en caso de incumplimiento de contrato, de no pagarse las cuotas o de destinar a otro fin la plaza alquilada, el propietario puede desahuciar judicialmente al inquilino. 

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