Las diez claves del impuesto

Entre las novedades de este año, las mejoras en la tributación tras una dación en pago y para preferentes.

1. ¿Quién tiene que presentar la declaración de la Renta?

Están obligados a presentar la declaración de la Renta quienes tuvieran rentas del trabajo de más de 22.000 euros en 2014. El límite baja a 11.200 euros si proceden de más de una empresa.


2. ¿Cómo puedo obtener el borrador del impuesto?

En internet, a través del servicio RENO en la página web ‘www.agenciatributaria.es’ o pidiendo la Cl@ve PIN (antes PIN 24 horas) en las oficinas o en la web. También puede solicitarse por teléfono, como se indica a la izquierda de la página.


3. ¿Ya puedo pedir cita previa?

No. Hasta el próximo 6 de mayo no entrará en funcionamiento el teléfono 901 22 33 44 ni se podrá pedir en la web de la Agencia Tributaria. El plazo finaliza el próximo 29 de junio.


4.¿Qué novedades tiene el programa Padre?

Este año vuelve a haber cambios en este programa informático de descarga gratuita y con el que se puede confeccionar la declaración de la Renta. Todos los contribuyentes pueden volcar sus datos fiscales. A quienes necesiten completarlos el programa les pedirá que introduzcan solo los que falten. Antes no era posible transferir datos si Hacienda no conocía un dato. Entre los que suelen faltar están los rendimientos de las Letras del Tesoro o la información sobre inmuebles.


5.¿Qué diferencia hay entre la Cl@ve PIN y el servicio RENO para consultar el borrador de la declaración?

Para poder acceder a los servicios de la Renta es necesario contar con un código. El año pasado se presentó el PIN 24 horas. Este año se transforma en la Cl@ve PIN. La principal ventaja es que sirve para realizar más trámites con la Administración, pero resulta más compleja de solicitar que el servicio RENO si solo se quiere utilizar para presentar la declaración. Este último proporciona un número de referencia para obtener el borrador. Se accede a través de la página web de la Agencia Tributaria y debe facilitarse el NIF, el importe de la casilla 415 de la declaración del año pasado y el número de móvil. A los nuevos declarantes se les pide también que introduzcan el IBAN, código bancario internacional, o si la citada casilla resultó cero. El código de acceso se envía mediante un mensaje de texto al móvil.


6.¿Qué debo revisar en el borrador que confecciona la Agencia Tributaria?

La propia Hacienda aclara todos los años que el borrador puede tener errores porque no dispone de toda la información del contribuyente. Este deberá comunicar si cambió su situación personal, si realizó aportaciones a planes de pensiones o cuotas sindicales, si se quiere aplicar la deducción por maternidad, por vivienda o cobró subvenciones, por ejemplo.


7.¿Puedo rectificar un error en una declaración ya presentada?

Sí. Hacienda amplía el sistema Verifica, que tiene por objeto realizar una comprobación rápida de las devoluciones. A partir del 15 de julio la Agencia avisará al contribuyente si hay alguna discrepancia entre el resultado que presentó en su declaración y el que ha calculado la Administración. Solo se incluyen casos sencillos como errores aritméticos. El fisco comunicará las dos cuantías y podrá darse por enterado el usuario. Si está de acuerdo puede dar su conformidad. Con el procedimiento tradicional la comprobación puede retrasar la devolución hasta el año siguiente e implicar el pago de intereses de demora por parte de la Administración. Es necesario tener certificado electrónico o la Cl@ve PIN.


8.¿Qué es el sistema Renta Web?

Los funcionarios de la Agencia Tributaria aplicarán este año un nuevo sistema piloto para confeccionar las declaraciones en las oficinas. Este une los servicios de ayuda del borrador y el programa Padre. No requiere descargas. El año que viene está previsto que puedan utilizarlo los contribuyentes. Permitirá confeccionar todo tipo de declaraciones directamente en la web.


9.¿Hay que presentar declaración de Patrimonio?

Esta es la última campaña en la que se ha anunciado, tras recuperarse por la crisis económica. Lo pagan quienes tengan bienes de más de 2 millones de euros. El mínimo exento se sitúa en 700.000 euros y la vivienda habitual está exenta hasta 300.000. Solo se declara por internet.


10.¿Dónde va el dinero de mis impuestos?

Este año se incluye información sobre el destino de los impuestos, cumpliendo con la Ley de transparencia de la Administración. Se indica la parte que corresponde al Gobierno y a la comunidad. En el reparto entre las partidas de gasto del Estado, el 40% va a pensiones y otras prestaciones, el 14% a sanidad y el 9% a educación. Le siguen el pago de cuestiones económicas como infraestructuras, agricultura, energía, emprendedores...(9%); servicios públicos generales como instituciones y ayuda al desarrollo (8%); intereses (7%), orden público y seguridad (5%), políticas de deporte y cultura (3%), defensa (2%), medioambiente (2%) y vivienda y servicios comunitarios (1%).