El Constitucional luso rechaza el referéndum sobre adopciones por homosexuales

Los jueces alegaron, en su resolución, que la "acumulación" para la citada consulta de dos preguntas puede facilitar la "contaminación" de las respuestas

El Tribunal Constitucional portugués declaró hoy ilegal la propuesta de convocar un referéndum en torno a la adopción por parte de parejas homosexuales que ya había sido aprobada por el Parlamento.


Los jueces alegaron, en su resolución, que la "acumulación" para la citada consulta de dos preguntas puede facilitar la "contaminación" de las respuestas y, por lo tanto, del resultado del referéndum.


Argumentaron además que, tal y como estaba planteada, la propuesta restringía la participación a los ciudadanos censados en territorio nacional y excluía "injustificadamente" a los residentes en el extranjero.


Tras este dictamen de inconstitucionalidad, la propuesta regresará ahora al Parlamento, donde puede ser modificada y presentada de nuevo.


Los términos en los que estaba redactada generaron controversia en el país -donde los matrimonios homosexuales son legales desde 2010, pero no se permite la adopción- debido a que la legislación actual sólo deja que se pregunte a los ciudadanos acerca de una única materia.


"¿Concuerda con que el cónyuge o la pareja del mismo sexo pueda adoptar el hijo de su cónyuge o pareja?" -fórmula conocida como coadopción- y "¿Concuerda con la adopción por parte de parejas, casadas o unidas de hecho, del mismo sexo?" son las dos preguntas que se planteaba realizar a los portugueses.


El jefe de Estado luso, Aníbal Cavaco Silva, fue quien solicitó al Constitucional que se pronunciase sobre si esa iniciativa se ajusta o no a la legalidad vigente.


El referéndum había sido aprobado en el Parlamento en enero con los votos a favor del gobernante Partido Social Demócrata (PSD, centroderecha) y el rechazo de toda la oposición de izquierdas, que aboga por regular directamente el derecho de adopción sin necesidad de una consulta previa.