La normativa autonómica choca con la ordenanza y no permite perros en bares

Quienes incumplan el decreto del Gobierno de Aragón, en vigor desde 2006, podrían enfrentarse a multas de más de 600 euros. El Ayuntamiento considera su iniciativa "un activo comercial" y deja a discreción de los hosteleros consentir o no el acceso a sus locales.

Bruno, un cocker spaniel, ayer en la cafetería 'Con H de harina', en el paseo de la Constitución
La normativa autonómica choca con la ordenanza y no permite perros en bares

Tomarse un café bajo una atenta mirada felina o pedirse un chuletón confiando en que el perro que está a pocos metros no comience a salivar. La nueva ordenanza municipal que abre la puerta a que los animales puedan acceder a establecimientos de hostelería choca frontalmente con la ley autonómica -de rango mayor- que dice que "donde se sirva comida no podrá haber perros".


La recién estrenada ordenanza municipal sobre la protección de animales expone que los propietarios de los establecimientos públicos puedan prohibir o permitir la entrada de los canes "según su criterio". Sin embargo, la normativa autonómica es clara: "Como medida de higiene alimentaria y para proteger la salud de las personas, se prohíbe la presencia de animales en zonas de manipulación, almacenamiento o consumo, a excepción de los perros lazarillo". Incumplir esta ley, en vigor desde hace siete años, podría acarrear multas superiores a los 600 euros.


El jefe de servicio de Seguridad Alimentaria de Salud Pública de la DGA, Justo Ripalda, asegura que la norma "sigue en vigor" y que "no se revisará a corto plazo". Desde el Ayuntamiento, no obstante, confían en que el Ejecutivo autonómico no ejecute las sanciones y recuerdan que la ordenanza fue aprobada por unanimidad y cuenta con el aval del servicio jurídico del Consistorio. 



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