El Juzgado ordena el derribo de la Cúpula de la Energía de la CMA...

La sentencia permite interponer recurso de apelación en el plazo de quince días contra esta orden. El documento obliga a la reposición de los terrenos a su estado primitivo.

La CMA en una imagen de archivo
El Juzgado ordena el derribo de la Cúpula de la Energía de la CMA...
Mario Tejedor

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Soria ha acordado este lunes el derribo y demolición de la Cúpulas de la Energía, el edificio institucional planificado por la Junta de Castilla y León en la Ciudad del Medio Ambiente (CMA) de Soria, así como la reposición de los terrenos a su estado primitivo.


La sentencia (pdf), a la que ha tenido acceso EFE, permite interponer recurso de apelación en el plazo de quince días contra esta orden, solicitada al Juzgado por la asociación ecologista ASDEN.


Estas cúpulas no están terminadas de construir, ya que las obras fueron paralizadas al conocerse, en mayo de 2013, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que anulaba la licencia de la construcción.


La sentencia del juzgado soriano señala que no hay norma urbanística con la que se pueda comparar lo edificado para resolver si se puede encontrar una solución que permita, "con los ajustes necesarios", evitar la demolición del edificio.


"Dado que el Tribunal Constitucional ha anulado la ley -que amparaba la ciudad del medio ambiente-, ello conlleva la nulidad de todo el planeamiento urbanístico sobre el que se fundamenta la construcción de la Cúpula de la Energía", sostiene el juzgado en su sentencia.


"Nos encontramos con una obra carente de todo soporte legal", resalta.


En cuanto al proyecto en marcha de la Junta para transformar la CMA en el Parque Empresarial del Medio Ambiente (PEMA), para darle soporte legal a las cúpulas de la energía, el juzgado soriano apunta, utilizando una expresión coloquial, que se trataría de hacer un "traje a medida".


En este sentido, considera que no es admisible que una vez declarada la nulidad de un planeamiento urbanístico, la Junta pretenda crear una legalidad a medida para lo ya construido al amparo de lo declarado nulo, "dando más relevancia a las actuaciones ejecutadas que a la legalidad y constitucionalidad de lo ya construido".


Como cierre de su argumentación, el juzgado cita la sentencia del Tribunal Supremo del 29 de enero de 2014 que acordó reponer los terrenos a la situación anterior a las obras en el proyecto promovido por la Junta de Extremadura en un embalse.


La sentencia actual tiene su origen en la dictada el 3 de mayo de 2013, por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, Sala de Burgos, que declaró no conforme a derecho la licencia de obras concedida por el Ayuntamiento de Garray para las cúpulas de la energía.


Con posterioridad, el Tribunal Constitucional, en sentencia fechada el 5 de diciembre de 2013, estimó el recurso de insconstitucionalidad interpuesto contra le ley regional que aprobó en 2007 el proyecto regional de la Ciudad del Medio Ambiente, porque la Junta no justificó la excepcionalidad de su aprobación.