El Consejo de Medio Ambiente aprueba la Declaración de Impacto Ambiental del PEMA

Esta tramitación significa el paso previo a la aprobación urbanística y el Decreto que dará el visto bueno al Proyecto.

La CMA, a vista de pájaro
El Consejo de Medio Ambiente aprueba la Declaración de Impacto Ambiental del PEMA
Mario Tejedor

El Consejo Regional de Medio Ambiente y Urbanismo, órgano especializado de participación en las materias indicadas, ha aprobado este miércoles la propuesta de Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del Proyecto Regional del Parque Empresarial de Medio Ambiente (PEMA) en Garray (Soria), que sustituye a la Ciudad del Medio Ambiente anulada por la Justicia.


Tal y como ha recordado la Delegación Territorial de Soria, esta tramitación ambiental es el paso previo a la aprobación urbanística y al anunciado Decreto que aprobará el Proyecto.


El PEMA se ha sometido a Impacto Ambiental en base a la Ley 11/2003, de Prevención Ambiental de Castilla y León, 'Instrumentos de planeamiento que establezcan una ordenación detallada de proyectos de infraestructuras de polígonos industriales'.


El Proyecto Regional está amparado o regulado en la Ley 10/98 de Ordenación del Territorio de Castilla y León.


El objeto para este tipo de proyectos es planificar, proyectar y ejecutar infraestructuras o servicios de utilidad pública o interés social para la Comunidad.Justificación

El PEMA de Garray se justifica, según ha informado la Delegación, en el interés general de las actuaciones; se trata de una iniciativa "para la generación de empleo cualificado en Soria"; supone la conexión de actividades de protección ambiental, investigación de fuentes de energías renovables y el desarrollo de la sociedad del conocimiento; tiene una afección superior al ámbito local; pretende ser un proyecto "autosuficiente energéticamente mediante la generación de energía a través de biomasa forestal", y pretende usar nuevas técnicas y materiales que permitan "su viabilidad y beneficios ambientales".


Se han barajado cuatro alternativas diferentes dentro de la DIA, dentro de las cuales se ha elegido la segunda, que consiste en una reconsideración de la actuación inicial, con la reducción de ciertos usos y objetivos.


Esta alternativa es "compatible", según la Junta, con la sentencia del Tribunal Constitucional (que se pronunció en el sentido de que la Ley no era el instrumento adecuado para tramitar el Proyecto Regional), e incluye los espacios prácticamente urbanizados, no supone nuevas afecciones y permite concluir la urbanización y restauración del entorno.


La valoración ambiental ha tenido en cuenta que "gran parte de la actuación está ya desarrollada con el antiguo proyecto de la CMA". En concreto, la unidad de actuación de zona industrial (antiguo Sector 2) está ejecutada al 100 por 100, y el resto (antiguo Sector 1) al 76 por ciento, por lo que quedan pendientes la conclusión de viales secundarios, pavimentaciones, alumbrado, y alguna obra menor más, además de terminar la subestación eléctrica fuera del ámbito del PEMA, por lo que los informes ambientales son favorables, "siempre que se tomen en cuenta las medidas preventivas y correctoras marcadas en la DIA".


Hace un mes, el Consejo de Medio Ambiente sacó del orden del día el punto relativo al impacto ambiental del PEMA, ya que unos días antes el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Soria emitió un auto (que ya ha recurrido la Junta) por el que ordenaba el derribo de la Cúpula de la Energía de lo que fue la Ciudad del Medio Ambiente