TITULARIDAD DE PORTUGAL TELECOM

La justicia desmonta la 'acción de oro' de Portugal

El tribunal de la UE rechaza la posición lusa por considerar que contraviene la libre circulación de capitales y abre la puerta a la compra por Telefónica del operador brasileño.

Declaran ilegal el veto de Portugal a Telefónica
Declaran ilegal el veto de Portugal a Telefónica

Las 'acciones de oro' propiedad del Estado portugués en Portugal Telecom (PT) -500, según sus estatutos- contravienen las disposiciones europeas sobre libre circulación de capitales y deben de ser abolidas porque las autoridades nacionales disponen, a través de ellas, de derechos de veto que se ejercen con un margen de apreciación discrecional completamente desproporcionado a los objetivos que esas autoridades dicen perseguir.


En estos términos, el Tribunal de Justicia de la UE zanjó ayer la discusión sobre la compra por Telefónica de un paquete de control en la brasileña Vivo en poder de PT, operación a la que el Gobierno portugués se había opuesto ejecutando los derechos inherentes a las «acciones de oro» que el Estado luso se había reservado cuando tuvo lugar la privatización de la empresa portuguesa de telecomunicaciones, en 1995, al año de haber sido creada sobre las bases del antiguo monopolio nacional de telecomunicaciones.


El fallo de la Corte, que no es recurrible, allana el camino a la compra por Telefónica de Vivo, por cuyo 30% la empresa española ha ofrecido a 7.150 millones de euros a PT.


El Tribunal, en su sentencia, considera que «Portugal ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la libre circulación de capitales, al mantener en Portugal Telecom derechos especiales atribuidos en relación con 'golden shares'». Las 'acciones de oro' confieren al Estado portugués «una influencia sobre la gestión de PT que no está justificada por la magnitud de la participación que mantiene», y que puede actuar como un freno para la inversión privada.


Los jueces rechazan las razones dadas por Lisboa para ejecutar sus derechos de veto, centradas en la necesidad de garantizar la disponibilidad de la red de telecomunicaciones en caso de crisis, guerra o terrorismo. «Portugal, dice la Corte, se ha limitado a invocar el referido motivo, sin precisar las razones por las que considera que el mantenimiento de la titularidad de las 'golden shares' permite evitar tal atentado a un interés fundamental de la sociedad».


Desproporción

Por último, el Tribunal considera absolutamente desproporcionados los derechos atribuidos a las 'acciones de oro' con los inconcretos objetivos que el Estado portugués dice querer salvaguardar, lo que, de hecho, le confiere un margen de apreciación injustificable.


El sentido del pronunciamiento de la Corte de Luxemburgo era esperado, pues la Justicia europea lleva años desmontando los derechos especiales que los gobiernos de la UE se reservaron en la segunda mitad del pasado siglo, cuando tuvieron lugar las privatizaciones de las empresas públicas principales. España hizo lo mismo cuando privatizó su sector público (Endesa, Repsol, Telefónica, Argentaria, Tabacalera) y fue condenada por ello.