Los gastos escolares que desgravan en la declaración de la Renta: de los libros de texto a los idiomas

Cada comunidad autónoma marca sus matices en este terreno, desde el material escolar y libros de texto a las matrículas en centros públicos y concertados o guarderías. Estas son todas las deducciones.

Libros de texto en la Librería General de Zaragoza
Libros de texto en la Librería General de Zaragoza
Asier Alcorta/HERALDO

La campaña de la Renta 2023-2024 comenzaba el miércoles 3 de abril y finalizará el próximo 1 de julio. Miles de españoles deben declarar el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en el que las deducciones son muy importantes. Los progenitores con niños en edad escolar pueden desgravarse gastos en material y libros de texto, aunque hay donde también entran otros conceptos como la enseñanza de idiomas, el vestuario para uso escolar y la asistencia a colegios públicos o concertados, desde la educación infantil hasta los grados medios de formación profesional.

No son comunes a todo el territorio español, ni incluyen las mismas proporciones ni conceptos, pero se trata de un gasto muy considerable para las economías familiares con escolares a bordo. Eso sí, el equipo informático que ya se usa en la práctica totalidad de los centros escolares no está considerado como material escolar, ya que normalmente tiene otros usos, y la inversión en estos aparatos no se considera elemento deducible.

Hay que recordar que la declaración es obligatoria para quienes hayan tenido ingresos superiores a 22.000 euros en el pasado ejercicio de 2023, cifra que baja a 15.000 si ha habido más de un pagador, o si se cobró alguna prestación por desempleo, o si se quiere aplicar algún tipo de deducción.  

LOS GASTOS EDUCATIVOS EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA

Estos gastos dependen de cada comunidad autónoma:

Gastos escolares en Aragón

El caso aragonés se centra en la adquisición de libros de texto y material escolar, hasta el 100% en Primaria y Secundaria. Eso sí, en la práctica se imponen una serie de límites en cuestión de cantidad: en el caso de familias numerosas, 150 euros si la declaración es conjunta (dos adultos legalmente responsables del menor escolarizado) y 75 euros si es una declaración individual con límites de 30.000 euros en este último caso y de 40.000 en la conjunta.

Para familias no numerosas, las cuantías son más bajas. No superan los 37,5 euros si los ingresos conjuntos están entre 20.000 y 25.000 euros; llegan a 50 euros por encima de los 12.000 de ingresos anuales y 100 euros por debajo de esa cantidad. Cuando son declaraciones individuales, las cantidades son de 25 euros (por cada hijo) con ingresos entre 10.000 y 12.500 euros, que llegan a 37,5 cuando el monto anual ingresado está entre de 6.500 a 10.000 y a 50 con ingresos inferiores a 6.500 euros.

Gastos educativos en Andalucía

El 15% de las cantidades satisfechas por los gastos de enseñanza escolar o extraescolar de idiomas, de informática o de ambas. Se considerarán gastos de enseñanza escolar de idiomas, de informática, o de ambas, las cantidades satisfechas a los centros docentes en concepto de gastos de escolaridad que sean impartidas en un idioma extranjero. Dicha proporción se determinará en función del número total de horas lectivas que dichas materias o asignaturas representen en el conjunto de horas lectivas del curso escolar.

También se incluyen los gastos de enseñanza extraescolar de idiomas o informática, no incluidos en el apartado anterior, ya sea privados o públicos, oficiales o no, tales como las academias y las escuelas oficiales de idiomas. Además, las clases particulares que, a título individual, se impartan sobre dichas materias en domicilios particulares o en lugares no destinados u organizados específicamente a tal fin.

El importe máximo de la deducción no podrá superar 150 euros anuales por cada descendiente. Normativa completa aquí.

Gastos educativos en Asturias por adquisición de libros de texto y material escolar

El 100% de los importes destinados por el contribuyente a las siguientes finalidades:

  • A la adquisición de libros de texto por cada descendiente, que hayan sido editados para Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.
  • A la adquisición de material escolar por cada descendiente para Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria.

Se imponen una serie de límites que no pueden excederse en función de la cantidad resultante de la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro casillas [0435] y [0460] de la declaración:

  • Además, es deducible el 15% de las cantidades satisfechas en el período impositivo en concepto de gastos de descendientes en centros de cero a tres años. El importe máximo de la deducción será de 500 euros anuales por cada descendiente que no supere la citada edad.

Lea la normativa completa aquí.

Gastos educativos en las Islas Baleares

En este territorio son varios los gastos educativos que pueden desgravarse este 2023. Estos ellos destacan:

  • Por gastos de adquisición de libros de texto: el 100% de los importes destinados a la adquisición de libros de texto por cada hijo que curse estudios. El importe de la deducción por cada hijo no puede exceder de 220 euros por hijo.
  • Por gastos de aprendizaje extraescolar de idiomas extranjeros: el 15% de los importes por los hijos que cursen estudios correspondientes al segundo ciclo de educación infantil, a la educación primaria, a la educación secundaria obligatoria, al bachillerato y a los ciclos formativos de formación profesional específica.
    También por el gasto correspondiente a enseñanza de lengua extranjera que se realiza en el transcurso del curso escolar fuera del horario correspondiente a su currículo como la asistencia a una escuela oficial de idiomas o a una academia de idiomas.
    Por el contrario, no serán deducibles los gastos originados por cursar estudios en el extranjero o los originados por la realización de campamentos de verano en el extranjero o en territorio nacional para el aprendizaje de un idioma.
    En el caso de gastos satisfechos en los colegios bilingües solo será deducible aquella parte de gasto destinado a aprendizaje de lengua extranjera cuando se trate de una actividad extraescolar. El límite para la aplicación de esta deducción será de 110 euros por hijo.
  • Para cursar estudios de educación superior fuera de la isla de residencia habitual: 1.760 euros por cada descendiente que cumpla los requisitos que aparecen aquí.

Consulta aquí todas las deducciones en las Islas Baleares y los requisitos.

Gastos escolares en Canarias

  • Por gastos de estudios: 
    Por cada descendiente o adoptado que cumpla los requisitos que a continuación se especifican:
    - 1.800 euros, con carácter general.
    - 1.920 euros, si la base liquidable del contribuyente es inferior a 36.300 euros.
  • Por gastos de estudios en educación infantil, primaria, enseñanza secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional de grado medio: El 100% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por los siguientes conceptos:
    - adquisición de material escolar
    - libros de texto
    - transporte
    - uniforme escolar
    - comedores escolares
    - refuerzo educativo
    Esta deducción tiene los siguientes límites:
    - Un límite máximo de 120 euros, por el primer descendiente o adoptado.
    - 60 euros adicionales por cada uno de los restantes descendientes o adoptados.

Consulta todos los requisitos.

Gastos escolares en Cantabria

Es deducible el 15% de los gastos de guardería de los hijos biológicos o adoptados. La deducción tiene un límite de 300 euros al año y si el menor cumple 3 años durante el ejercicio puede aplicarse hasta el día que cumpla esa edad.

Aquellos que residan en zonas rurales de la comunidad podrán deducirse hasta el 30% de los gastos en guardería con u límite de 600 euros al año.

Gastos escolares en Castilla-La Mancha

Los gastos deducibles se centran en la adquisición de libros de texto, por la enseñanza de idiomas y otros gastos relacionados con la educación con las siguientes cuantías:

  • El 100% por los gastos destinados a la adquisición de libros de texto editados para las enseñanzas que ofrece el sistema educativo, es decir, Educación infantil, Educación primaria, Educación secundaria obligatoria, Bachillerato, Formación profesional, Enseñanzas de idiomas, Enseñanzas artísticas, Enseñanzas deportivas, Educación de personas adultas, y Enseñanza universitaria.
  • El 15% por cada una de estas actividades desarrolladas por sus hijos o descendientes durante las etapas correspondientes a las enseñanzas antes descritas:
  1.  Por la enseñanza de idiomas recibida como actividad extraescolar.
  2.  Actividades fuera de los centros educativos como refuerzo o apoyo de las enseñanzas en las que estén matriculados. 
  3. Por los gastos de acceso a las nuevas tecnologías necesarios para las enseñanzas.
  4. Por los gastos de estudio y residencia de hijos o descendientes fuera del municipio de residencia de la unidad familiar, siempre que el municipio donde se cursen los estudios se encuentre en Castilla-La Mancha y que en el lugar de residencia de la unidad familiar no exista dicha oferta educativa. Igualmente será aplicable esta deducción cuando el municipio donde se realicen los estudios se encuentre fuera de Castilla-La Mancha y no exista en la región oferta educativa para los estudios cursados.

Entre los límites máximos de la deducción se encuentran:

Declaraciones conjuntas:
Base imponible general + Base imponible del ahorro − Mínimo por descendientes 
  • Hasta 12.000 euros con 200,00 euros límite por hijo
  • Entre 12.000,01 y 20.000,00 euros con 100,00 euros de límite por hijo
  • Entre 20.000,01 y 25.000,00 euros con 75,00 euros de límite por hijo.
Declaraciones individuales:
  • Hasta 6.500 euros con 100,00 euros de límite por hijo.
  • Entre 6.500,01 y 10.000,00 euros con 75,00 euros de límite por hijo.
  • Entre 10.000,01 y 12.500,00 euros con 50,00 euros de límite por hijo.

Además, también se pueden deducir hasta el 30% de los gastos de guardería para los menores de 3 años. Ha de tratarse de cantidades satisfechas por preinscripción y matrícula de menores de 3 años, la asistencia, en horario general y ampliado, y la alimentación con un límite de 250 euros.

Consulta aquí toda la normativa completa.

Deducciones en Cataluña

En la Comunidad Autónoma de Cataluña las deducciones se centran en el pago de intereses de préstamos para los estudios de máster y doctorado. El importe de los intereses pagados en el período impositivo que correspondan a los préstamos concedidos mediante la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación para la financiación de estudios de máster y de doctorado.

Gastos escolares en Extremadura

La deducción se centra en 15 euros por compra de material escolar para cada hijo o descendiente a cargo del contribuyente cuando tenga una edad comprendida entre los 6 y 15 años en la fecha de devengo del impuesto. Se podrá deducir cuando la suma de las bases imponibles general y del ahorro, de la declaración, no supere las siguientes cantidades los 19.000 euros en tributación individual o los 24.000 euros en tributación conjunta. Cuando el contribuyente resida habitualmente en municipios y entidades locales menores con una población inferior a 3.000 habitantes no puede superar los 28.000 euros en tributación individual o 45.000 euros en tributación conjunta. Consulta los requisitos y límites de la base imponible de la deducción

Gastos escolares en Madrid

Las deducciones educativas que destacan en la Comunidad de Madrid son:

  • El 15% de los gastos de escolaridad.
  • El 10% de los gastos de enseñanza de idiomas: enseñanza de régimen especial que se imparta en centros oficiales de enseñanza de idiomas o enseñanza de idiomas como actividad extraescolar bien por el centro educativo, con cargo a los alumnos o bien por los propios alumnos directamente siempre que, en este último caso, el alumno esté cursando algún estudio oficial.
  • El 5% de los gastos de adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar.

La cantidad a deducir no podrá exceder de 400 euros por cada uno de los hijos o descendientes que generen el derecho a la deducción por gastos de enseñanza de idiomas y/o de adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar o de los 900 euros por cada uno de los hijos o descendientes en el caso de que el contribuyente tenga derecho a practicar deducción, además de por los gastos del párrafo anterior o exclusivamente, por gastos de escolaridad. Este límite será de 1.000 euros por cada uno de los hijos o descendientes que cursen durante el ejercicio estudios del primer ciclo de Educación Infantil y cuyos gastos den derecho a esta deducción.

Consulta todos los requisitos y otras condiciones para la aplicación de la deducción

Gastos educativos en Murcia

Los contribuyentes de Murcia pueden desgravar los gastos en la adquisición de material escolar y libros de texto hasta 120 euros por cada descendiente en el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria y educación secundaria obligatoria.

Gastos de guardería. El 20% de las cantidades satisfechas por gastos educativos de menores de tres años. La cantidad a deducir no excederá de 1000 euros por hijo.

Consulta los requisitos y límites de la base imponible de la deducción

Gastos educativos deducibles en La Rioja

El 30% de los gastos educativos en escuelas infantiles, centros infantiles y personal contratado para el cuidado de hijos de 0 a 3 años se podrán deducir en la declaración (preinscripción, matrícula, asistencia y alimentación) si los padres viven en municipios pequeños de la comunidad. El límite máximo de la deducción es de 600 euros por niño.

Para el resto de contribuyentes la deducción es del 20% con un máximo por hijo de 600 euros anuales.

Consulta los requisitos y la normativa completa, así como todas las deducciones

Gastos escolares en Valencia

Aquí los gastos se centran en la adquisición de material escolar con 110 euros por cada hijo o menor acogido que se encuentre escolarizado en un centro público o privado concertado de la Comunidad Valenciana en Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria o en unidades de educación especial.

El 15% de las cantidades satisfechas por la custodia en guarderías y centros de educación infantil a hijos menores de 3 años. El límite será de 297 euros por hijo.

Consulta los requisitos y otras condiciones para la aplicación de la deducción.

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