ECONOMÍA

¿A qué edad me puedo jubilar en 2023?

La reforma que sigue vigente va retrasando unos meses cada año la edad de retiro manteniendo el 100% de la prestación, siempre que se haya cotizado lo suficiente.

Tercera edad.
Tercera edad.
Aránzazu Navarro

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, ha lanzado esta semana una nueva propuesta dentro de la inacabada reforma del sistema de pensiones referida a qué años se tendrán en cuenta para el cálculo de la pensión. Quiere que el periodo de cálculo pase de los 25 a los 30 años. El Gobierno, la patronal y los sindicatos han vuelto a sentarse, casi con el ejercicio terminado, para afrontar la segunda parte de la reforma, cuyo primer paso se dio hace un año con medidas como volver a la subida según la inflación. No parece estar cerca un nuevo acuerdo, pero mientras, siguen corriendo los plazos del anterior cambio del sistema, que va sumando meses a la edad de jubilación año tras año.

En la reforma de las pensiones que entró en vigor en 2013 se incluyó un cuadro para alargar de forma progresiva la edad de jubilación de los 65 a los 67 años y los años cotizados necesarios para cobrar la prestación íntegra, desde los 35 años iniciales a los 38 años y 6 meses en 2027. Desde el Gobierno el objetivo sigue siendo retrasar el momento del pago de las pensiones, incluso incentivado con bonificaciones a las personas que trabajen más años de los regulados. Se mantienen los casos previstos en la ley para las jubilaciones anticipadas.

Quienes echan cuentas sobre cuándo podrán disfrutar de una pensión y sin penalizaciones tras los años de trabajo deben tener en cuenta la normativa vigente y las próximas reformas para encontrar el momento más beneficioso, si pueden elegir.

66 años y cuatro meses

Este año quienes quieran jubilarse con el 100% de la pensión y a la edad legal necesitan haber trabajado y cotizado a la Seguridad Social 37 años y 6 meses o más. Con 35 años cotizados ya se puede cobrar el 100%. Aquellas personas que no sumen tanta vida laboral tienen que esperar a los 66 años y dos meses. A partir del 1 de enero serán necesarios 37 años y 9 meses o más para poder retirarse a los 65 años. Si no se ha trabajado durante tanto tiempo o no siempre con contrato habrá de esperarse a tener 66 años y cuatro meses

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En algunos casos, los profesionales consideran que se prefiere adelantar la decisión a este año porque compensa beneficiarse de la subida anunciada en el 8,5% de enero, pese a que existen coeficientes reductores que bajan la pensión si no se cumplen todos los requisitos Se pueden jubilar antes de la edad legal quienes solicitan la jubilación anticipada a partir de los 60 años por tener la condición de mutualista; a partir de los 61 años sin tener la condición de mutualista; en supuestos de jubilación parcial y flexible, entre otros.

En cualquier caso, hay que tener un mínimo de 52 años de edad y 15 cotizados para tener derecho a una pensión. Si la persona se jubila de forma anticipada, sin encontrarse en ningún supuesto previsto por la ley, se le aplican "coeficientes reductores" en función del tiempo de adelanto y los años cotizados.

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