Cuánto suben las pensiones de viudedad y orfandad en 2023 y cómo solicitarlas

El aumento previsto, a falta de confirmación oficial, está ligado al IPC.

Hucha para las pensiones.
Hucha para las pensiones.
Canva

Dos ministerios tienen la llave de una de las preguntas más habituales de cada final de año en España. El de la Seguridad Social y el de Hacienda son los encargados de llegar a un porcentaje ecuánime a la hora de fijar el aumento de las pensiones; el IPC y sus variaciones suele ser el baremo a la hora de fijar este número.

Tanto José Luis Escrivá (titular de Seguridad Social) como la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, han hablado del 8,5% como un número de consenso para compensar la inflación anual, que este año ha sido especialmente dura para los productos de la cesta de la compra. Tanto las contributivas (que reciben los que han cotizado más de 15 años) como las no contributivas (las percibidas por quienes no han llegado a esa cifra) rondarán la cifra final de la inflación, según la Ley 21/2021, de 28 de diciembre.

Sin embargo, el aumento de la pensión de jubilación queda muy lejos de las cifras de la inflación, al situarse sobre el 5,4% con la consiguiente pérdida de poder adquisitivo.

Cómo solicitar una pensión de viudedad u orfandad

Según estos guarismos, la pensión por viudedad se incrementará en algo más de 60 euros mensuales, para situarse en los 928 euros por mensualidad; hay 14 al año contando las extras de verano e invierno, o bien 12 con esas pagas extras prorrateadas. Para solicitarla hay que cumplimentar el modelo de solicitud de prestaciones de supervivencia y aportar la documentación que allí se solicita. Puede encontrarse en la web seg-social.es o en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social. El reconocimiento del derecho a pensión lo marca el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

La pensión de viudedad se extingue cuando la persona superviviente contrae matrimonio de nuevo o formaliza una pareja de hecho. En cuanto a la pensión de orfandad, se situaría en unos 525 euros al mes con el aumento citado del 8,5%. Es una cantidad muy similar a la media de la pensión no contributiva. Para solicitarla hay que seguir el mismo procedimiento de la de viudedad: en este caso, la pensión se extingue cuando la persona beneficiada cumple 21 años (puede extenderse hasta los 25 si no trabaja o gana menos del salario mínimo interprofesional) o desaparece la incapacidad argumentada como base para la solicitud. También cuando la persona beneficiada es adoptada o contrae matrimonio. Cuando los hijos son menores, el dinero lo recibe la persona que se haga cargo de ellos. A partir de los 18 años, pasa directamente al huérfano.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión