ECONOMÍA

Inquilinos morosos: la subida del IPC y las derramas del gas aumentan los problemas con los caseros

Hasta final de año se sigue sin poder desahuciar a una persona que acumule deudas si es considerada vulnerable, por la protección tras la pandemia. 

Facturas de luz y gas.
Facturas de luz y gas.
HA

La inflación disparada, al igual que las facturas de la luz y el gas, están poniendo en dificultades a muchas familias este año. El aumento del Índice de Precios al Consumo (IPC), que se situó en septiembre en el 9,4% en Aragón, ha agravado los problemas para hacer frente a pagos como el alquiler de la vivienda. Esto hace que la deuda de los inquilinos morosos se agrave. A ello se unen otros problemas como el momento de la actualización de la renta al IPC y las discrepancias sobre quién paga las derramas de suministros de la comunidad de vecinos, según los profesionales que asesoran a propietarios y consumidores.

En el caso de los arrendatarios que acumulan deudas por impago de alquiler sigue vigente la protección a las personas de colectivos vulnerables, que no pueden ser desahuciadas, aprobada tras el estallido de la pandemia de covid-19. La última prórroga de junio la amplió hasta el 31 de diciembre de este año, mediante el decreto del Gobierno que acordó medidas extraordinarias ante las consecuencias económicas de la guerra de Ucrania (RD-Ley 11/2022 de 25 de junio).

"El propietario para poder desahuciar tiene que poner una demanda en el juzgado, no solo decir al inquilino que se vaya por no pagar. No te puede desalojar de tu vivienda salvo con una sentencia", recuerda Alicia Arbe, desde la asesoría jurídica de la Unión de Consumidores de Aragón (Ucaragón), asociación que se ocupa del Punto de Información al Consumidor (PIC) especializado en Vivienda en Zaragoza, solo para inquilinos. Sería posible el desahucio si no se incluye dentro de los perfiles con especial protección.

Sin desahucios a personas vulnerables

"Para el propietario ha habido normas desde la pandemia que han restringido mucho sus derechos como sobre los desahucios", considera Juan Salanova, desde el Colegio de Abogados de Zaragoza y socio del despacho Gimeno del Busto. Las prórrogas desde el inicio de la pandemia de covid-19 han hecho que "si el inquilino es declarado vulnerable por Servicios Sociales se paraliza el lanzamiento" por lo que "a inquilinos que empezaron a no pagar la renta en marzo de 2020 todavía no han podido sacarlos", pone como ejemplo de los casos más extremos. En estas situaciones cree que "el legislador le ha pasado el problema al propietario". Recuerda que entre los perfiles de arrendador se encuentran no solo "grandes tenedores", aquellos con más de 10 inmuebles, sino de personas jubiladas o autónomas "que ahorraron e invirtieron en un inmueble para alquilar y tener un complemento a su jubilación".

El Gobierno ha previsto también "compensaciones" por la paralización de los desahucios, pero, de momento, el abogado reconoce que no se solicitan muchas. En parte, porque los propietarios desconocen esta posibilidad, pero, sobre todo, porque solo se pueden pedir una vez que se conozca el plazo transcurrido entre la fecha prevista del lanzamiento para echar al inquilino moroso y en la que se produjo la suspensión del procedimiento. "El plazo para solicitar estas compensaciones se ha prorrogado hasta el 31 de enero de 2023", apunta, aunque considera que será necesaria una nueva ampliación.

Una vez se levante la moratoria de desahucios cree que habrá cierto "cuello de botella" por los procedimientos paralizados y los nuevos que se soliciten, lo que retrasará los plazos. "El día que no prorroguen la norma los desahucios veremos cómo el plazo para resolver en Zaragoza, en vez de ser de 5 ó 6 meses, según el juzgado, se ampliará", augura, ya que la situación económica ha empeorado desde la pandemia, por la invasión rusa de Ucrania. 

A la hora de resolver un problema con un alquiler, los asesores coinciden en que hay que consultar primero el contrato, necesario para poder reclamar. La fecha en la que se firmó condicionará qué modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos se aplica. Salanova critica que la norma ha ido reformándose con "parches" desde su entrada en vigor en 1995, lo que perjudica la seguridad jurídica.

Además de los impagos por parte de los inquilinos, ambos abogados coinciden en que entre las consultas que más se repiten figuran el aumento del alquiler cuando toca actualizarlo y si hay que afrontar el pago de alguna derrama por los elevados gastos de la comunidad en luz y gas, con la escalada de precios del último año.   

¿Cuánto puede subir el alquiler?

El momento de aplicar la actualización de la renta según la subida del IPC, la referencia más utilizada en los contratos, se ha convertido en fuente de discrepancias entre quien alquila y su inquilino. "El tema estrella de este año está siendo la limitación de la subida del IPC cuando toca actualización. Hay muchos propietarios que quieren seguir aplicando el IPC", afirma Arbe, desde Ucaragón. Los expertos recuerdan que todavía está prorrogada la limitación a la actualización del IPC, que impide que se pueda incrementar tanto como lo hace el coste de la vida. Esta limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda impide subidas superiores al 2%.

Este porcentaje se calcula porque la renta "no podrá actualizarse por encima de la variación experimentada por el Índice de Garantía de Competitividad (IGC), un índice situado actualmente en el 2% y que no puede superar ese porcentaje de acuerdo con su definición", explican desde Ucaragón. El aumento deberá fijarse según un nuevo acuerdo entre el propietario y el arrendador y si no se pusieran de acuerdo no podrá superar nunca la citada cifra. A veces asegura que hay casos en los que los inquilinos aceptan si está en juego la prórroga del contrato, "por no tener que buscar otro piso".

¿Quién paga las derramas de luz y gas de la comunidad?

La relación entre el propietario y el inquilino debe dejarse plasmada por escrito en un contrato. En él ha de aparecer quién corre con los gastos de comunidad. "Si no pactamos nada, no puedo repercutir gastos", explica Salanova a quienes alquilan. "No solo debe estar pactado sino especificarse el importe en el momento de inicio del contrato", añade. Además, ahí se ha tenido que indicar si se pueden actualizar, como la renta mensual, y cómo se hará. A la hora de afrontar posibles derramas, que han sido más frecuentes desde el último invierno por la subida del gas, "el que tenga contador individual pagará lo que diga el contador", indica. Si se trata de la calefacción central del edificio, estará "incorporada en los gastos de la comunidad y puede subir". En la práctica reconoce que "serán complicadas algunas actualizaciones de gastos comunitarios, ya que no solo deben estar pactados en el contrato sino que tienen un límite de actualización previsto en legislación arrendaticia".

En algunos casos, el inquilino acumula facturas de luz y gas sin pagar que tendrá que abonar el propietario si sigue siendo el titular del suministro. "Hay propietarios que lo siguen teniendo a su nombre y luego se lo cobran al inquilino, pero son los menos. Si hay un impago la comercializadora le reclamará al inquilino si es el titular", añaden desde la citada asociación de consumidores.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión