Los aragoneses podrán pagar impuestos por giro postal

Hacienda utilizará el convenio que suscribió con Correos para ampliar las herramientas de recaudación de tributos. 

Un buzón de Correos
Un buzón de Correos.
Jesús Hellín

En el siglo XVI sitúan los expertos los primeros giros postales, envíos de dinero a través de correo certificado. Una fórmula que pretende recuperar ahora la consejería de Hacienda de la DGA para pagar impuestos. Recuerda que ha sido un medio de pago utilizado de forma habitual, aunque no frecuente, que gracias a las nuevas tecnologías se puede realizar desde Correos destinando los importes a una cuenta de la Comunidad.

La medida tiene soporte legal, ya que el reglamento general de recaudación admite incorporar nuevas técnicas de pago, y también técnico. En la orden que rubricará el consejero Carlos Pérez Anadón se hace referencia al convenio que el 13 de julio de 2021 suscribieron la DGA y la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos para ofrecer prestaciones a la ciudadanía de manera conjunta. Entre los servicios se contemplaba la suscripción de un convenio de colaboración que permitiera el pago de tributos o de otros ingresos de derecho público devengados por la Comunidad.

A través de giros postales se podrán pagar los tributos cedidos que gestiona Aragón (Sucesiones, Transmisiones Patrimoniales, Actos Jurídicos Documentados y tributos sobre el juego) y los que son propios de la Comunidad (los medioambientales que gravan las sustancias contaminantes, las grandes áreas de venta, los aprovechamientos de agua embalsada, el transporte de energía eléctrica de alta tensión y las aguas residuales). También se admitirá la liquidación de tasas y otros recursos de derecho público.

A los requisitos que fije Correos, se sumará que, con carácter previo, se disponga de documentos de pago aprobados por la Administración y autorizados para su cobro por entidades colaboradoras. El pago se realizará por la totalidad del importe, pues no se admitirán ingresos parciales, y el documento de pago deberá tener un código de barras donde se incluirá el organismo o emisor, el territorio, el justificante del documento de pago, el importe (con dos decimales) y el NIF. Una vez remitido por Correos y verificado el ingreso de la deuda en una cuenta del Gobierno de Aragón, el pago se entenderá realizado. El resguardo del giro postal deberá permitir la identificación del pago y se tendrán que implementar las aplicaciones técnicas para que así sea.

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