economía

Requisitos y cómo pujar en la subasta por internet de unifamiliares en María de Huerva

La venta 'online' incluye la necesidad de consignar un depósito, que se devuelve si no se consigue la vivienda. Subasta por internet de 32 adosados con piscina en María de Huerva

Subastas de pisos en internet.
Subastas de pisos en internet.
Subastasprocuradores.com

La puja por 32 unifamiliares en María de Huerva (Zaragoza) que se ha puesto en marcha este mes se lleva a cabo en la plataforma del Consejo General de Procuradores de España. Se trata de un portal de subastas electrónicas que permite al usuario participar en procesos de venta o subasta gestionados por los procuradores. En este caso, el juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza ha encargado la venta de los bienes de un concurso de acreedores.

La descripción general de las viviendas, las fotos, la valoración, la localización, los gastos, impuestos y cargas se pueden consultar desde el portal de subastas (www.subastasprocuradores.com) por cualquier persona que entre. Para participar en la puja es necesario llevar a cabo unos pasos previos, que se detallan en el apartado de 'Preguntas frecuentes' del portal. Las ofertas se pueden presentar hasta el 29 de abril a las 12.00. 

Se trata de unifamiliares de unos 180 metros cuadrados, valorados en alrededor de 140.000 euros, para los que no se ha fijado puja mínima, pero que en las condiciones se indica que el precio no puede ser inferior al 50% del precio tasado.

Requisitos para pujar

  • Registro. Para poder optar a la compra es preciso el registro previo como usuario. Se puede utilizar el certificado electrónico o alternativamente seguir un sistema de registro previa verificación de número de teléfono, cuenta de correo electrónico y recepción de documentación que acredite la identidad de la persona que se quiere registrar.  
  •  Pago de un depósito.  Para participar en la subasta es necesario consignar un depósito, que este caso ronda los 7.000 euros. "Dicha cantidad no deberá aportarse en metálico, sino por transferencia bancaria a la cuenta habilitada debidamente indicada en el anuncio de subasta", indican las condiciones de la puja por internet. Si finalmente no se consiguió ningún bien, se devolverá el importe depositado a la misma cuenta, en el plazo de 10 días hábiles desde la finalización de la subasta. El depósito no forma parte del pago. En caso de que finalmente el postor que resulte adjudicatario desista de su postura, perderá el depósito, advierten las condiciones generales.
  • Puja. Para llevar a cabo la puja, el usuario deberá entrar en el sistema utilizando sus credenciales. Seleccionará la venta o subasta y, previa acreditación de haber hecho el depósito, podrá pujar. El portal no admitirá pujas por importe igual o inferior a la más alta ya realizada a los efectos de reservarlas. Por cada puja realizada y confirmada, el postor recibirá por correo un documento que acredite su puja. Las pujas confirmadas no podrán ser retiradas.
  • Impuestos y gastos para el comprador. Las condiciones señalan que todos los gastos de la venta pública, inscripción y los derivados de la cancelación de cargas, y las deudas que, en su caso graven la finca y anotaciones registrales tanto de embargos como dimanantes del concurso, incluido el certificado de eficiencia energética, serán de cuenta y cargo de la parte compradora, ya que proceden de una empresa concursada, en situación de insuficiencia de masa para pagar sus deudas. Los gastos de comunidad y del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), serán de cuenta y cargo de quien se haga con el bien, mientras la propietaria abonará la Plusvalía. Al precio hay que añadir el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP o AJD).
  • Honorarios. El Consejo General de Procuradores de España cobra por la prestación de sus servicios en la subasta el 3% más IVA del valor de adjudicación de los bienes subastados. Este coste lo paga el comprador.
  • Firma de la escritura. Deberá firmarse en el plazo de 30 días naturales desde que la administración concursal declare aprobado el remate de la venta a favor del mejor postor. La citada administración concursal puede desistir si el resultado de la subasta fuere contrario al interés del concurso.

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