¿Cuánto dinero se puede guardar en casa de forma legal?

Contar con una cierta cantidad en efectivo en el domicilio es una práctica legal si el dinero ha sido obtenido de manera legítima y está declarado en la Agencia Tributaria.

Pensionistas
Dinero en efectivo.
Pixabay

Guardar dinero bajo el colchón, una práctica que parece más de antaño que del siglo XXI en el que ya es posible controlar cualquier ingreso bancario a golpe de click, todavía continúa siendo habitual entre una parte de la población. Ahora bien, ¿es legal? ¿qué cantidad máxima se puede guardar? ¿Puede surgir algún problema con Hacienda? 

La respuesta más que sencilla es clara: Siempre que su procedencia sea lícita y haya sido declarada, se permite tener tanto dinero como se quiera en un domicilio particular, aunque el fisco advierte del "peligro fiscal de esta práctica, aunque sea legal", y de la "nula rentabilidad" que ese efectivo va a tener en el futuro. 

La realización de la retirada -para guardarlo, en este caso, en el domicilio- y de un posterior ingreso de dinero en efectivo en una cuenta bancaria no tiene, en principio, trascendencia "a efectos del Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas", aclara la Dirección General de Tributos. Eso sí, "hay que poder acreditar la procedencia del dinero que se ingresa en el banco". En el caso de no demostrarlo, Hacienda podría considerar ese efectivo como "una ganancia patrimonial no justificada", lo que supondría una multa de al menos 600 euros o el equivalente al 50% del valor de los medios de pago intervenidos.

Cantidad máxima en metálico que se puede llevar encima

De cualquier forma, se trata de una situación que no se aplica cuando el dinero en metálico se lleva encima. Para este caso sí existe una reglamentación que especifica el máximo del que se puede disponer. 

Así, la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales, detalla que el límite de dinero que se puede llevar en efectivo en España es de 100.000 euros. En el caso de que se quiera mover esta cantidad o una superior por territorio nacional será necesario declarar este trámite. Por otro lado, si se trata de la salida o entrada en territorio nacional desde el extranjero, el límite se establece en 10.000 euros.

En cuanto a los pagos en efectivo, estos tienen un límite para hacer frente a los fraudes y la nueva normativa ha rebajado esta cantidad a 1.000 euros. Así, la Ley 11/2021, de 9 de julio, detalla que al adquirir un producto o un servicio con un valor superior a esta cifra se deberá utilizar otro medio de pago, como tarjeta de crédito o transferencia bancaria.

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