Hay pensionistas que no cobrarán la paga extra de Navidad. ¿Por qué, y quiénes son?

Sus pensiones se cobran en 12 mensualidades en lugar de 14, por lo que ingresan lo mismo que el resto al tener las pagas extra prorrateadas a lo largo del año.

Pensionistas
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La mayoría de los casi diez millones de pensionistas que hay en España cobran su prestación en 14 pagas: doce ordinarias -por cada uno de los meses del año- más dos extras. Una en verano, normalmente a finales de junio o principios de julio y otra en Navidad, y pese a su denominación, no se cobra en diciembre sino en noviembre. Aunque no hay una fecha fija para su abono, normalmente la perciben el día 25 de ese mes.

Sin embargo, existe un colectivo de pensionistas que tendrán que hacer frente a los gastos que conllevan normalmente estas fiestas (regalos, loterías, comidas especiales...) sin esa ayuda de más. Son aquellas personas que perciban actualmente una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez derivada de accidente de trabajo y enfermedad profesional. No tendrán paga extra de Navidad, ya que el importe anual de estas pensiones se reparte en 12 mensualidades, y no en 14.

Así, se diferencian de otras pensiones como las de jubilación, viudedad, incapacidad permanente total, absoluta o de gran invalidez por accidente no laboral o enfermedad común... que se cobran en 14 mensualidades y cuyos pensionistas sí recibirán la paga extra de Navidad, tal y como percibieron en su momento la de verano.

Pero que nadie se lleve las manos a la cabeza, porque estos pensionistas no cobran menos que los demás. Y es que quienes no cobran las pagas extra reciben todos los meses una cantidad un poco mayor que el resto, de forma que se compensa esa ausencia de paguillas extraordinarias.

Lo explica la propia Seguridad Social en su página web, donde garantiza que el cobro de las pensiones en la práctica es igual, ya que "las pagas extraordinarias están prorrateadas dentro de las mensualidades ordinarias, al haber sido tenidas en cuenta para el cálculo de la base reguladora de la pensión".

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