economía

Los emprendedores que se quedan fuera de la última prórroga de las ayudas a los autónomos

Uno de los requisitos para solicitar la prestación extraordinaria por cese de actividad impide que la sigan cobrando algunos de los que llevaban menos tiempo dados de alta cuando llegó la pandemia de covid-19.

Locales cerrados en Zaragoza
Locales cerrados en Zaragoza
Guillermo Mestre

Más de un año y medio después de que estallara la pandemia de covid-19 todavía hay empresas y autónomos que no han podido recuperar al 100% su actividad, aunque cada vez son menos. Pese a que el descenso de los contagios ha permitido relajar las restricciones, el colectivo sigue considerando necesaria la última prórroga de la prestación extraordinaria por cese de actividad aprobada por el Ministerio de Trabajo desde el inicio de la pandemia.

En la última renovación, hasta el 28 de febrero de 2022, se reduce el grupo de beneficiados ya que no podrán seguir siéndolo aquellos emprendedores que llevaban menos tiempo dados de alta cuando llegó la crisis sanitaria. Los requisitos se mantienen similares, respecto a prórrogas anteriores, salvo el que permite estimar el impacto de la covid, que remite a los resultados de 2019.

Comparación con los ingresos 'prepandemia'

Podrán solicitar la renovación aquellos autónomos que puedan demostrar que su negocio sigue en cifras muy inferiores a su situación antes de la pandemia. En concreto, en el caso de quienes cobren la ayuda compatible con el trabajo por cuenta propia pueden mantener la prestación quienes sean capaces de acreditar en el tercer y cuarto trimestre de 2021 una reducción de los ingresos computables fiscalmente de la actividad por cuenta propia de más de un 50% de los ingresos del tercer y cuarto trimestre de 2019. Además, no han tenido que obtener durante el tercer y cuarto trimestre de 2021 unos "rendimientos netos computables fiscalmente superiores a 8.070 euros". 

Otro grupo, quienes solo reciben la prestación extraordinaria, pueden seguir cobrándola si estaban de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) desde antes del 1 de abril de 2020 y si prueban que mantienen una caída de rentas por encima del 75% en dichos periodos de 2019 y 2021.

Desde la asociación de trabajadores autónomos ATA, reconocen que la prórroga "deja fuera a los que no pueden comparar con el ultimo trimestre de 2019, porque no estaban de alta", pero asegura que "no son muchos" ya que no hubo mucha altas de autónomos en 2020.

Exención de cotizaciones para quienes no pueden cobrar prestación

La organización ha venido destacando que las ayudas dan "seguridad a los autónomos" y ha calculado que unos 150.000 de los 226.000 que cobraban la prestación en España van a poder prorrogarla durante cinco meses más. La prórroga se extiende hasta el 28 de febrero de 2022. Su presidente, Lorenzo Amor, ha señalado que son autónomos para los que "desgraciadamente"  la recuperación todavía "no ha llegado a su actividad". 

Para quienes se quedan fuera de la prestación por cese se han fijado exoneraciones en el pago de la cuota de autónomos, recuerdan desde UPTA. Estás van desde el 90% de exención en octubre al 25% en enero. En noviembre la rebaja será del 75% y en diciembre del 50%. En estos casos deben ser autónomos que hayan cobrado la prestación por cese de actividad hasta el 30 de septiembre que se acababa la prórroga anterior y deben continuar de alta hasta el 31 de enero de 2022.

Si una vez concedida dejan de cumplirse algunos requisitos, por ejemplo, la caída de los ingresos, se puede renunciar a la prestación en cualquier momento antes del 31 de enero de 2022. La prestación se puede devolver por iniciativa propia.

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