economía

Invierte dos días antes de la quiebra del Popular y pierde 25.900 euros que ahora puede recuperar

Un mecánico zaragozano ha conseguido que un juzgado condene al Santander, que adquirió el banco intervenido, para que le devuelva el dinero de las acciones que compró entre febrero y junio de 2017.

Sucursal del Banco Popular en Zaragoza.
Sucursal del Banco Popular en Zaragoza.
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Un juzgado ha dado la razón a un mecánico zaragozano que perdió todos sus ahorros con la quiebra del Banco Popular. Fue uno de los últimos accionistas afectados por la crisis de la entidad financiera, ya que compró acciones en tres ocasiones en 2017, el año de su intervención y venta, incluso dos días antes de que se produjera la desaparición del banco.

La sentencia 282/2021, de 20 de septiembre, del juzgado de Primera Instancia número 8 de Zaragoza condena ahora al Banco Santander, que se quedó con el Popular por un simbólico euro, a devolver los 25.900 euros invertidos, más los intereses legales. La entidad se encuentra en plazo para recurrir.

"Expuesto a riesgos"

Durante el proceso, el banco sostuvo que el cliente "pudo vender sus acciones en cualquier momento, pero las mantuvo, asumiendo el riesgo asociado al descenso de la cotización". Además, destacó que el Popular se encontraba "expuesto a riesgos" y que el accionista "conocía estas circunstancias dado que eran públicas y de general conocimiento", además de que "se publicaron muchas noticias en el momento de la ampliación de capital". 

El cliente compró en febrero de 2017 unas 20.000 acciones, por importe de 16.000 euros; en abril de 2017 adquirió 10.000 títulos, por 6.340 euros, y el 5 de junio, dos días antes de la intervención, otros 10.000, casi a mitad de precio (3.500 euros), por la bajada que ya sufrían en bolsa. Desde el despacho García Graells Abogados que ha defendido al inversor se ha asegurado que "el cliente no tenía más que la información que le daba el intermediario, que lo que le decía es que si la acción estaba por los suelos, solo podía subir". El mecánico compró las acciones en el llamado "mercado secundario" porque fue a través de otra entidad financiera, Caja Laboral, donde tenía sus ahorros y le aconsejaron la operación. Recuerda que para los accionistas, el plazo para reclamar concluyó este año.

La juez menciona en la sentencia la "amplia jurisprudencia" sobre la crisis del Popular en la que se coincide en que hasta que se acordó la resolución del banco este parecía solvente. "La imagen que transmitía la entidad no era la de una posible quiebra de la misma, sino la de ampliar el capital con la finalidad de compensar las 'inciertas' posibles pérdidas de 2016, y con una clara evolución positiva que respecto al ejercicio de 2018", recoge. Junto a ello, la magistrada señala que el afectado "es un consumidor (en su interrogatorio manifestó que es mecánico, que tenía unos ahorros e invirtió en lo que le aconsejaron), al que no se puede obligar a comprobar por sí mismo la solvencia de la entidad demandada". 

El banco sostiene que el Popular "observó sus obligaciones informativas de transparencia y diligencia con posterioridad a la ampliación de capital, manteniendo al mercado y a sus accionistas adecuadamente al corriente de la información que se fue generando". Insiste en que la información sobre los riesgos asociados a la inversión que recogía el folleto informativo sobre la ampliación de capital fue "adecuada y completa".

"El contenido del folleto no informaba fiel y cabalmente de la situación económica de Banco Popular"

Pese a ello, la juez recuerda el criterio mantenido por la totalidad de las resoluciones que han llegado a la segunda instancia, en las Audiencias Provinciales. Estas vienen concluyendo que "el contenido del folleto no informaba fiel y cabalmente de la situación económica de Banco Popular".

Entre los motivos enumera que "se distorsionó la verdadera situación al no respetar aspectos de la normativa contable, no clasificarse correctamente la cartera de créditos en riesgo de impago, ni realizar una correcta valoración de activos, afectándose globalmente las cuentas de la entidad de manera que impedían ponderar el estado de solvencia real y la solidez de su situación financiera".

En la Audiencia Nacional

El fallo recoge varias comunicaciones oficiales, de distintas instituciones que respaldaban la buena situación del banco. Hay varios hechos relevantes de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), incluso de las semanas anteriores a su quiebra en los que se seguía hablando de solvencia. El 5 de mayo de 2017 la CNMV publicó una nota del Popular Popular en la que se sitúa su solvencia por encima de los requisitos legales.

El 7 de junio de 2017 Banco Popular fue intervenido por las autoridades bancarias europeas, la recién creada Junta Única de Resolución (JUR), que lo comunicó el fondo de restructuración bancaria español (FROB). Era la primera vez que ocurría algo así en el sector financiero. La gestión de los responsables de la entidad y la propia intervención siguen cuestionándose en los tribunales en la vía penal. La presidenta de la JUR ha declarado este jueves en la Audiencia Nacional. El tribunal investiga las presuntas irregularidades contables de la entidad en 2016, sobre la citada ampliación de capital, y las filtraciones a prensa el año de su quiebra. 

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