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Quitar la declaración conjunta en la renta subiría el impuesto a 98.500 hogares aragoneses

El Gobierno ha matizado que no se contempla su eliminación, pese a incluirse en el plan de recuperación que ha enviado a Bruselas.

Imagen de archivo de la campaña de la renta.
Imagen de archivo de la campaña de la renta.
Aránzazu Navarro

La declaración de la renta se puede presentar de forma individual o conjunta. La segunda opción se ha puesto sobre la mesa en los últimos días tras difundirse en la prensa la inclusión de su eliminación progresiva en el plan de recuperación que el Gobierno central ha enviado a Bruselas, que luego ha matizado que no se va llevar a cabo hasta que no se evalúen mejor sus consecuencias. 

"Va a ser una subida de impuestos", advierte María Teresa Gómez, presidenta del Colegio de Gestores Administrativos de Aragón y La Rioja, de llevarse a cabo en algún momento la propuesta. Una vía para conseguir una nueva "fuente de ingresos" en un impuesto en el que ya se ha recortado en deducciones y otras posibles desgravaciones, apunta. 

El 13,7% de las declaraciones

En el caso de la comunidad aragonesa, su supresión supondría un alza de la carga fiscal para unas 100.000 familias que utilizan esta modalidad en el IRPF por resultarles más ventajosa. Según las previsiones de la Agencia Tributaria, esta campaña se esperan 98.531 declaraciones conjuntas, un 6,5% menos que el año anterior en el que se presentaron 105.881. En la comunidad se prevén 719.969 rentas, por lo que suponen el 13,7% del total de declaraciones del impuesto.

"Cada vez hay menos capacidad de quitar reducciones", reconoce Gómez. Entre los cambios más recientes en este sentido en el impuesto recuerda que ya se redujeron las aportaciones a planes de pensiones con derecho a beneficios fiscales, que han pasado de 8.000 a 2.000 euros.

La tributación conjunta en el IRPF  puede ser utilizada por matrimonios y por familias monoparentales, en las que uno de los cónyuges la hace con los hijos. En el primer supuesto, el beneficio fiscal consiste en una reducción de 3.400 euros del dinero que se declara como "base imponible", sobre el que se pagan impuestos. En la práctica, esta opción es elegida cuando uno de los cónyuges no tiene ingresos o son más bajos. 

Las unidades familiares monoparentales son aquellas que surgen en los casos de separación legal o cuando no exista vínculo matrimonial y que forman "el padre o la madre y todos los hijos menores o mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada que convivan con uno u otra", según las define la Agencia Tributaria. Para ellas, la reducción que se aplica se sitúa en 2.150 euros anuales. El otro cónyuge tiene que presentar la renta individual.

Brecha de género fiscal

El Gobierno se apoya para revisar esta opción en que contribuye a agrandar la brecha de género que existe en el mercado laboral, ya que puede desincentivar el trabajo de las mujeres. Muchas de ellas trabajan en sectores más precarios y con ingresos más bajos por el mayor número de reducciones de jornada y contratos a tiempo parcial.

La presidenta de los gestores administrativos alerta de que su hipotética supresión "perjudica más a las familias monoparentarles", formadas por padres o madres solteros, separados o divorciados que la presentan con sus hijos cuyas economías familiares se van a resentir más si pierden ese beneficio fiscal.

Además, cree que está "superada" hace muchos años la idea de que sea la mujer la que no trabaje en un matrimonio y que hoy en día "muchas veces no trabaja pero porque no le queda más remedio y está en situación de paro prolongado", pone como ejemplos. "Tradicionalmente la mujer es la que ha ganado menos, pero ahora no siempre es así. Veo muchos casos en los que la mujer gana más", añade.

En sus 26 años de carrera profesional asegura que solo ha tenido una consulta de alguien que le preguntó si le compensaba trabajar o rechazar un empleo por desgravarse más en la renta con la declaración conjunta.

Declaración conjunta si un cónyuge estuvo de ERTE

Gómez recuerda que la opción de declarar de forma individual o conjunta se puede elegir cada ejercicio. "Depende de cada año y cada situación personal. Tus circunstancias económicas en cada año varían", explica, en cuanto a qué resulta más ventajoso. En la actual campaña, marcada por los efectos de la pandemia de covid-19 y los expedientes de regulación de empleo (ERTE), cree que en muchos casos puede convenir la declaración conjunta.

Las personas que estuvieron en el paro cobrarían el 70%, por lo que sus ingresos bajaron. "Si hago la individual, esas cantidades que no me han retenido antes las voy a tener que pagar ahora. Si hago la conjunta con mi cónyuge consigo que ese importe que no ha tenido retenciones sea menor", explica, al poder beneficiarse de la reducción.

Tanto los profesionales como el programa de confección de declaraciones de la Agencia Tributaria permiten comprobar el resultado con una u otra opción, para saber con cuál se obtiene una menor factura fiscal. Este año la campaña finaliza el 30 de junio.

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