ayudas económicas

Beneficiarios y ayudas directas para PYMES y autónomos este 2021

Aquellos negocios que durante el 2020 hayan sufrido pérdidas del 30% respecto al 2019 podrán acogerse a las ayudas establecidas. 

Terrazas en Zaragoza.
Terrazas en Zaragoza.
Toni Galán

El pasado jueves 22 de abril el Gobierno de España publicó en el BOE el nuevo marco de ayudas directas y requisitos para las empresas, que permitirá ampliar el número de beneficiarios en las comunidades autónomas. Medidas para paliar el impacto económico de la pandemia del coronavirus en PYMES y autónomos, regladas en el Real Decreto-ley 6/2021. El total distribuido alcanza los 7.000 millones de euros, y ahora serán destinados a las diferentes actividades económicas que las comunidades autónomas consideren y se dispongan en los códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 09) -antes la lista era cerrada a 93 actividades distintas-.

De acuerdo con el BOE, los criterios establecidos para las ayudas por destinatario no deben superar los siguientes límites máximos:

  • 3.000 euros cuando se trate de empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación objetiva en el IRPF.
  • ​Para aquellos empresarios y profesionales cuyo volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración, en el Impuesto sobre el Valor Añadido o tributo indirecto equivalente, haya caído más del 30% en el año 2020 respecto al año 2019, la ayuda máxima que se concederá será:
1. El 40% de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30%, en el caso de empresarios o profesionales que apliquen el régimen de estimación directa en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, así como las  entidades y establecimientos permanentes que tengan un máximo de diez empleados.

2. ​El 20% del importe de la caída del volumen de operaciones en el año 2020 respecto del año 2019 que supere dicho 30%, en el caso de entidades y empresarios o profesionales y establecimientos permanentes que tengan más de diez empleados.

Las ayudas en estos dos últimos casos no podrán ser inferiores a 4.000 euros ni superiores a 200.000 euros. Además, los grupos y los empresarios, profesionales o entidades cuyo volumen de operaciones en 2020 haya sido superior a 10 millones de euros que desarrollen su actividad económica en más de un territorio autonómico o en más de una Ciudad Autónoma, podrán participar en las convocatorias que se realicen en todos los territorios en los que operen

Sin embargo, no se consideran destinatarios aquellas empresas y autónomos que cumplan con los requisitos establecidos pero en 2019 hayan declarado un resultado neto negativo por las actividades económicas realizadas.

Documento de la última actualización del BOE

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