¿Cómo devolver el dinero cobrado de más en el ERTE para no ser sancionado?

La prestación errónea que se haya recibido desde el SEPE debe retornarse en el plazo de 30 días desde que la institución notifica el error.

Oficina del SEPE en Zaragoza.
Oficina del SEPE en Zaragoza.
HERALDO

El extendido uso desde las empresas del Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) para paliar en los últimos meses la actual situación ha permitido mantener muchas de ellas en funcionamiento, pero esta situación anómala también ha generado una serie de contratiempos añadidos a los trabajadores, más allá del recorte de sus ingresos. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha otorgado prestaciones por desempleo a quienes fueron afectados por el ERTE, pero en la vorágine de la situación y además de muchos retrasos, también se han dado numerosos errores al alza en los pagos.

El recurso del ERTE en la actual contingencia enfila su recta final, toda vez que se acerca el plazo marcado por el Real Decreto-ley 24/2020 del 26 de junio, en el que se prorrogaban hasta el 30 de septiembre los ERTE por fuerza mayor que hubieran sido solicitados antes del 27 de junio hasta el 30 de septiembre de 2020. El SEPE ha empezado a revisar todos los errores en los pagos, y ha hecho pública una aclaratoria sobre esos cobros indebidos. El organismo ha empezado a contactar a quienes recibieron más dinero del que les correspondía, o directamente una ayuda que no les correspondía (en menos casos, pero ha ocurrido) para regularizar esas cuentas.

Desde que se recibe el requerimiento, todos los beneficiarios de esas prestaciones erróneas cuentan con 30 días hábiles para devolver las cantidades a las que no tenían derecho. Si la devolución se hace en ese plazo, en la cuenta bancaria señalada por el SEPE para depositar la cantidad, no hay recargo ni penalización alguna. Por contra, si se excede ese plazo de 30 días sin hacer el pago, se aplicará un recargo del 20 por ciento sobre la cantidad total adeudada.

Naturalmente, también cabe recurso contra este requerimiento, en el caso de que no se esté de acuerdo con el mismo. El plazo para las alegaciones a la Dirección Provincial del SEPE desde que se recibe el requerimiento de pago es de 10 días. 

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