Hacienda espera en la renta de 2021 a los afectados por los ERTE

A los trabajadores se les retiene menos IRPF en sus nóminas, y la prestación por desempleo en la mayor parte de los casos se gira este año sin retención alguna. Por ello, el año que viene Hacienda liquidará diferencias.

Servicio de cita previa de la renta en una oficina de la Agencia Tributaria en Madrid.
Servicio de cita previa de la renta en una oficina de la Agencia Tributaria en Madrid.
EP

En torno a cuatro millones de españoles han sufrido un Expediente de Regulación de Empleo Temporal (ERTE) desde que se declaró la pandemia del coronavirus y su posterior  la crisis económica y sanitaria. Una situación que ha llegado, además, en plena campaña de la renta, que concluye en menos de una semana, y deja en el aire una pregunta, aunque afecte al próximo ejercicio fiscal: ¿cómo afecta a la declaración de la renta? 

Antes de nada, hay que diferenciar entre los ERTE de reducción de jornada y los de suspensión de empleo. En el primer caso, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) pagará su parte correspondiente, mientras que la empresa se hará cargo de la suya. En el segundo supuesto, será el SEPE el que pague únicamente durante el periodo de vigencia del expediente de regulación de empleo.

En los dos casos, las cantidades serán consideradas rendimientos íntegros del trabajo, ya que las prestaciones por desempleo reciben tal condición.

Este año, a los trabajadores se les retendrá menos IRPF en sus nóminas y en la mayoría de los casos la prestación por desempleo se gira este año sin retención. Por ello, el año que viene Hacienda liquidará diferencias y procederá a cobrar lo que no se ha retenido este 2020. Asimismo, al tener dos pagadores -el SEPE y la empresa-, se reduce el umbral a partir del cual es obligatorio hacer la declaración. De 22.000 euros pasa a 14.000 euros.

¿Cuánto tendré que pagar si declaro ingresos por más de 22.000 ?

Son cifras orientativas, porque dependerá de las circunstancias personales de cada uno (como si tiene hijos o no), pero si un trabajador ha ingresado hasta el 31 de diciembre de este año, por ejemplo, unos 23.600 euros y ha cobrado el paro por la Covid de marzo a junio a través del SEPE tendría que pagar a Hacienda en 2021 algo más de 1.300 euros por los meses en los que no se le ha aplicado la retención.

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