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¿Es compatible el Ingreso Mínimo Vital con el subsidio para mayores de 52 años?
Esta nueva renta es compatible con otras a las que ya se tenga derecho, si el monto total no supera los límites establecidos para cada tipo de hogar.

La aprobación del Ingreso Mínimo Vital (IMV) en el Consejo de Ministros del pasado 29 de mayo supone una gran noticia para los hogares españoles en situación de pobreza extrema, cuyo número se calcula en torno a los 850.000. Esta nueva renta se otorga por hogar, no por persona, aunque el número de personar en cada hogar sí determina las cantidades que se pueden percibir. Se puede pedir en la Seguridad Social a partir del lunes 15 de junio, con efectos retroactivos al 1 de junio.
Las cantidades que se pueden percibir por concepto del Ingreso Mínimo Vital van desde los 461 euros a los 1.015, según el tipo de hogar, porque se han identificado más de una docena de tipologías, y el número de personas que lo integran. Una de las preguntas que surgen a la ciudadanía tiene que ver con la compatibilidad del nuevo ingreso con otros subsidios a los que se pudiese tener derecho, como el destinado a mayores de 52 años sin empleo, así como una pensión por viudedad. José Luis Escrivá, ministro de Seguridad Social, Inclusión y Migraciones, explicó en un encuentro digital en 20 Minutos este lunes que las personas en esa situación podían solicitar el IMV “si la suma de sus ingresos es inferior a la renta que se le garantiza por las características de su hogar. Por ejemplo, el número de miembros que vivan en él. Si esos ingresos son inferiores, el IMV completará hasta llegar al umbral fijado para ese hogar”.
Estas son las cantidades del IMV aprobadas por el Gobierno
También es incompatible el cobro del Ingreso Mínimo Vital y el del Ingreso Aragonés de Inserción (IAI).
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