economía

Moratoria hipotecaria: "Es complejo hasta saber si eres beneficiario"

Las asociaciones de consumidores piden que se agilicen los plazos y se reduzca el papeleo para solicitar este aplazamiento de tres meses para quienes no pueden pagar.

Viviendas en el centro histórico de Zaragoza.
Viviendas en el centro histórico de Zaragoza.
Oliver Duch

Certificado de empadronamiento, informe de vida laboral o el expediente de regulación temporal de empleo (ERTE), escrituras del préstamo hipotecario, notas del registro de la propiedad, libro de familia y certificado de discapacidad, entre otros, son algunos de los documentos que hay presentar para pedir una moratoria hipotecaria. Entre las medidas que ha adoptado el Gobierno para  reducir el impacto de la crisis provocada por la covid-19 se encuentra este aplazamiento, que permite dejar de pagar la cuota durante tres meses a personas en situación de "vulnerabilidad económica", y que desde las asociaciones de consumidores se considera que incluye demasiado papeleo.

 "Es complejo hasta saber si eres beneficiario", reconoce Alejandro Marín, abogado y delegado de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) en Aragón. Los bancos han recibido 228.322 solicitudes de moratorias, pero solo se han concedido 65.559, con los datos de abril del Banco de España. Entre quienes se han visto obligados a solicitar esta medida, el 72,6% eran trabajadores asalariados que han perdido su empleo y el 27,4%, autónomos que tienen que probar que su facturación haya bajado al menos el 40%. 

Ángela Sebastián, de inmobiliaria Las Torres, explica las ventajas y los requisitos que son necesarios para ser beneficiario de esas ayudas.

Se puede pedir para la vivienda habitual, la que esté vinculada a la actividad profesional o si un particular alquila un piso y su inquilino no le paga.

ERTE y gastos de la vivienda

"Es muy complicado durante el estado de alarma que un consumidor medio pueda entender si entra en los requisitos. Se solicita documentación como la de los ERTES, en la que muchas veces no hay todavía un certificado que lo justifique", explica, haciendo referencia al retraso que ha habido en el servicio público de empleo (SEPE) ante la avalancha de expedientes durante el estado de alarma. Además, señala que se pide documentación que ya tienen los bancos como la copia de la escritura de la hipoteca.

Tampoco es fácil calcular los "gastos medios de la vivienda", que se piden para ver si se superan los límites de renta. Se indica que el total de las cuotas más los gastos y suministros resulte igual o superior al 35% ingresos de la unidad familiar. Estos ingresos no tienen que haber superado en el mes anterior a la solicitud de la moratoria tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual (IPREM), que en este año está fijado en 537,84 euros al mes, 6.454,03 euros al año y 7.519,59 euros si son 14 pagas. Se elevan en caso de personas con discapacidad, hijos o familias monoparentales.

Reconoce que el Gobierno es consciente de las dificultades ya que incluye la posibilidad de aportar la documentación que falte un mes después de la declaración del estado de alarma. En estos casos, cree que al solicitante le "genera inseguridad" porque si luego el banco contrasta y ve que no se cumplen los requisitos "te puede pedir esas cantidades". 

Se puede presentar la solicitud hasta un mes después del fin de la vigencia del estado de alarma. El banco tiene 15 días para resolver desde la presentación.

Cláusulas suelo e IRPH

Para algunas de las personas que no pueden hacer frente a la hipoteca, llueve sobre mojado. Marín tiene clientes que ya venían soportando una cuota más alta de lo que les correspondería por incluir su préstamo una cláusula suelo, considerada "abusiva" en la mayoría de los casos ya que impide beneficiarse de una rebaja cuando cae el euríbor, ahora en mínimos. Para uno de sus clientes que ha conseguido el aplazamiento, la eliminación de la cláusula le hubiera permitido pagar la cuota sin necesidad de pedir la moratoria, asegura, ya que se reduciría casi a la mitad el importe mensual.

También hay casos en los que para calcular el interés se utilizó como referencia el índice IRPH, que se ha empezado a declarar "abusivo" en algunas sentencias tras la revisión por parte de la justicia europea.

Moratoria para el propietario que alquila

Desde Ucaragón, hacen una valoración "positiva" de la moratoria "porque es una ayuda para las personas que se puedan ver afectadas por un ERTE o un despido". Su presidenta, Fernanda Blanco, considera que "acogerte a una moratoria estos tres meses puede ser una solución muy bienvenida".

"Si hubiera que ponerle algún pero sería en cuanto a quiénes son los que se pueden beneficiar". En el caso de los propietarios que tiene un inquilino que no paga, cree que debería poder controlarse para que no pida la moratoria y además cobre el alquiler. "A nosotros nos surge la duda de cómo puede saber el inquilino que el propietario se ha acogido a la moratoria, que se va a beneficiar a esa ayuda y se puede liberar de esa renta, o si la tiene que pagar", plantea. 

Durante el estado de alarma, en el punto de información de vivienda de la asociación, han recibido más consultas sobre alquileres, sobre casos en los que finalizaba el contrato y se quería renovar o aquellos en los que el propietario ponía a la venta el piso y quería enseñarlo a potenciales compradores. Esto último no fue posible hasta la fase 1.

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