¿Cómo se aplica la rebaja del IVA en libros, revistas y periódicos digitales?

Las suscripciones hechas a partir del 23 de abril incluyen el tipo superreducido del 4%.

Imagen de archivo de un niño utilizando una 'tablet'.
Imagen de archivo de un niño utilizando una 'tablet'.
Aránzazu Navarro

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de libros, revistas y prensa digital se ha reducido del 21% al 4% desde el pasado 23 de abril. Se trata de una de las medidas del Gobierno central para paliar la bajada de ingresos de un sector por los efectos económicos de la Covid-19, tras la declaración del estado de alarma y el confinamiento de la población que ahora empieza su desescalada.

"Tanto editores como consumidores venían reclamando, desde hace tiempo, la bajada del tipo impositivo del IVA que grava los precios de venta de las versiones digitales de libros, revistas y periódicos", reconocen desde la Unión de Consumidores de Aragón (Ucaragón). El pasado día 23 de abril, entró en vigor la modificación del IVA en los formatos digitales de libros, revistas y periódicos, adoptando el mismo tipo impositivo de IVA que los formatos de papel. Este descenso se traduce en una rebaja del precio de venta al consumidor.

Dudas de los consumidores

La organización de consumidores ha asegurado que esto días "estamos recibiendo numerosas consultas sobre cómo va a afectar la bajada del IVA al consumidor de este tipo de productos y servicios", sobre todo, cuando se trata de suscripciones que se hicieron antes de la medida. Distinguen dos situaciones para quienes contrataron alguna suscripción antes del 23 de abril:

-Si abonó toda la suscripción. Si el consumidor se suscribió a un catálogo de libros, periódicos y/o revistas digitales antes del 23 de abril de 2020 durante un año y abonó la totalidad del precio en el momento de la suscripción, desde la asociación reconocen que "no puedo reclamar ninguna cantidad por la rebaja del IVA". El tipo impositivo aplicable es el vigente en el momento del devengo. Este se realiza en el momento en el que se ha establecido el cobro de un bien o servicio, así  "el tipo impositivo aplicado se corresponderá con el que esté vigente en el momento en el que se exige el pago, y en ese momento era del 21%".

-Si se paga a plazos. Si el usuario se suscribió a un catálogo de libros, periódicos y/o revistas digitales antes del 23 de abril de 2020, pero los pagos los realiza mensualmente, trimestralmente, al producirse una rebaja del tipo de gravamen, se aplica el IVA del 4% en los pagos posteriores a la rebaja del tipo impositivo.

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