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"La ley de registro horario no pretende entorpecer ni boicotear", dice la Inspección

Ana Ercoreca de la Cruz, presidenta del Sindicato de Inspectores de Trabajo, asegura en una jornada de APD en Ibercaja, que esta norma es una garantía para que la jornada de trabajo sea real y efectiva. 

La inspectora de Trabajo Ana Ercoreca de la Cruz, en la jornada de APD celebrada hoy en Ibercaja, en colaboración con Deloitte
La inspectora de Trabajo Ana Ercoreca de la Cruz, en la jornada de APD celebrada hoy en Ibercaja, en colaboración con Deloitte
Guillermo Mestre

"Ni un impedimento ni un gravamen. Solo una herramienta para garantizar que la jornada sea real y efectiva y que esas horas extras de más se coticen y se abonen". Así ha definido la inspectora Ana Ercoreca de la Cruz la norma sobre registro horario que entró en vigor el pasado 12 de mayo y que "no pretende entorpecer ni boicotear" el desempeño de la actividad sino convertir España en un país pionero en dotar de seguridad jurídica el tiempo de trabajo en las empresas

En una jornada organizada por APD (Asociación para el Progreso de la Dirección) en Ibercaja, la inspectora y presidenta del Sindicato de Inspectores de Trabajo en España, ha subrayado que será ahora la negociación colectiva entre dirección y representantes de los trabajadores la que establezca el mejor sistema para registrar las horas trabajadas. "Habrá empresas en que el medio correcto para hacerlo será el papel y otras en las que será una aplicación móvil. Dependerá del sector, de la empresa y de cómo ellos estén organizando la jornada. Desde luego para aquellos trabajadores que no tengan un centro de trabajo fijo, las nuevas tecnologías pueden ser una oportunidad", ha destacado Rafael Zapatero del Castillo, abogado de Deloitte.

Mientras Ercoreca de la Cruz ha insistido en la necesidad de regular jornada para "solventar el sistema del que veníamos, en el que se hacían 2,6 o  2,7 millones de horas extras a la semana sin cotizar ni abonar, según la EPA", Zapatero del Castillo ha puesto el acento en la mejora de productividad que puede representar para las empresas. "En Aragón hay jornadas de presencia muy largas en muchas empresas y sin embargo, el tiempo de trabajo efectivo es mucho menor que el de jornada de presencia. ¿Eso a qué lleva? A jornadas largas pero poco productivas". De ahí, ha añadido que dentro de lo bueno y lo malo que suponga esta norma, "es una oportunidad para las empresas en aras a intentar ser más productivas, es decir, que el tiempo que se emplee en trabajar lo empleen en trabajo efectivo y no en tiempo de presencia".

Para el letrado de Deloitte, en el sector industrial la mayoría de las empresas ya llevan un control exhaustivo de las horas trabajadas y quizá donde mayores problemas haya sea en el sector servicios "donde tradicionalmente lo que se computaba eran más las jornadas de presencia, jornadas muy largas, pero que, en realidad, son menos eficientes y tienen muchos más tiempos muertos". 

El director de APD en Aragón, Javier Pardo, ha destacado que precisamente el objetivo de esta jornada es aclarar la "gran incertidumbre que todavía existe tres semanas después de publicarse la norma sobre qué tiempo se considera jornada de trabajo y qué tiempo no, qué pasa con los equipos comerciales y los servicios de urgencia, etc, es decir, cómo se adapta la ley a una casuística de negocios enorme y además cómo se compagina con la ley de protección de datos". 

En el caso de que el registro de jornada se haga por medios telemáticos, a través del móvil, es fundamental, ha señalado la inspectora Ercoreca de la Cruz, que el trabajador lo autorice una vez la empresa le pida permiso y que los dispositivos de geolocalización no estén activados fuera de los tiempos de trabajo. En este sentido, ha recordado que una reciente sentencia de la Audiencia Nacional del pasado 9 de enero así lo establece. Además, ha indicado que todas las empresas deben registrar la jornada de sus trabajadores y solo están exentos, los autónomos, los trabajadores de cooperativas , los que tengan jornadas especiales, los contratos a tiempo parcial porque esos ya tienen su propio registro, así como la alta dirección de las compañías. No están exentos, ha dicho esta especialista, los mandos intermedios.

En el caso de las Empresas de Trabajo Temporal no es a ellas a quien corresponde el registro de jornada sino a la empresa usuaria que contrate sus servicios. No obstante, como las ETT son las encargadas de pagar salarios, deberán cruzar los datos de jornada con las empresas matrices, ha matizado. 

Aunque ya hay empresas que están siendo inspeccionadas por actuaciones que venían de antes de que entrase en vigor la norma "lo que se viene diciendo extraoficialmente es que las visitas de la Inspección empezarán después el verano, para septiembre", ha indicado Zapatero del Castillo. La inspectora Ercoreca de la Cruz ha precisado que "no se considera válido para el registro de jornada ni el calendario laboral ni la exhibición en la empresa del horario general sino el registro que ha de tener actualizado y encontrarse in situ".

 

 

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