Renta 2018

Cómo declarar las ventas (y sobre todo las compras) en Wallapop o Milanuncios

Para Hacienda no es diferente si la transacción se realiza a través de internet o en una tienda física, por lo que el vendedor declarará solo si ha obtenido ganancias y el comprador tendrá que pagar siempre el impuesto de transmisiones patrimoniales onerosas (ITPO).

Las compraventas por internet están gravadas de igual manera que las que se realizan de forma presencial.
Las compraventas por internet están gravadas de igual manera que las que se realizan de forma presencial.
Pixabay

Me he comprado un jersey, un coche e incluso una vivienda a través de Wallapop y Milanuncios. ¿Cómo tengo ahora que declararlo a Hacienda? Con seguridad es una pregunta que estos días se estarán haciendo muchos contribuyentes que comienzan a rellenar las casillas para declarar su renta ante Hacienda, porque cada día es más habitual echar mano de internet para adquirir los más variopintos productos de segunda mano.

La situación no es distinta de como sería si la operación se hubiera realizado en una tienda física, porque la Agencia Tributaria grava de igual manera las transacciones tanto si se han producido con internet como vehículos como si se han negociado cara a cara en un establecimiento comercial. Eso sí, las obligaciones son diferentes si quien tributa es el comprador o lo hace el vendedor.

El que vende un artículo en Wallapop, Milanuncios, Chicfy o Vibbo (por poner unos ejemplos) tendrá que declarar en el impuesto de la renta solo si ha obtenido ganancias, es decir, si el valor por el que ha vendido su producto es mayor que el desembolso que realizó al comprarlo. Y esta situación no suele ser la habitual excepto que lo que los particulares se intercambian sean objetos que han incrementado su valía bien porque son antigüedades, o piezas de coleccionismo u objetos de arte, es decir aquellos que se revalorizan con el paso de los años. Pero, en este punto hay que tener cuidado, porque si estas ventas se realizan de una forma habitual, Hacienda puede considerar que se está realizando una actividad económica y, por lo tanto, se convierte en una renta que hay que incluir en la base imponible general del IRPF, teniendo en cuenta que se aplicará un tipo impositivo del 19% para los primeros 6.000 euros, que se irá incrementando hasta el 21% para los siguientes 44.000 y que se elevará al 23% cuando se hayan obtenido más de 50.000 euros.

Quien tiene que pagar sí o sí es el comprador, que estará sujeto en todas las ocasiones al impuesto sobre transmisiones patrimoniales onerosas (ITPO). Y aunque tiene que hacerlo sea cual sea el importe de lo adquirido y la operación realizada, los expertos reconocen que lo habitual es que así se haga cuando se ha adquirido una vivienda o un vehículo de segunda mano. Poco más.

En cualquier caso, los compradores no tienen que olvidar que la declaración por la adquisición de estos bienes dependerá de la comunidad autónoma en la que se resida, porque este impuesto, que está parcialmente cedido a las administraciones regionales varía su tipo dependiendo de la localización. En el caso de Aragón, se aplica un 4% sobre el valor del bien adquirido, siempre que se trata de bienes muebles, como la compra de un vehículo. Porque, como destacan desde el Gobierno aragonés, dicho impuesto está gravado con porcentaje distinto en bienes inmuebles dependiendo de su precio y su destino.

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