Nueva sentencia a favor de Glovo: los repartidores sí son autónomos

El juzgado de lo Social número 17 de Madrid falla a favor de la compañía de comida a domicilio tras la denuncia de un 'rider'.

Inspección de Trabajo falló a favor de los 'riders' el año pasado en Zaragoza.
Inspección de Trabajo falló a favor de los 'riders' el año pasado en Zaragoza.
Aránzazu Navarro

Los repartidores de Glovo sí son autónomos. Así lo resolvió este miércoles el juzgado de lo Social número 17 de Madrid, cuatro meses después de que otro tribunal de la capital del país validara asimismo el modelo de negocio de la firma con los denominados ‘riders’. El fallo a favor de la empresa de comida a domicilio, nacido de una denuncia por despido improcedente de un empleado, no ha sido bien recibido en sindicatos como UGT, que sostiene que "todavía quedan abiertos otros muchos escenarios judiciales".

El texto dado a conocer este jueves refleja que "a la vista de cómo se llevó a cabo la prestación de servicios, se puede decir que efectivamente se trata de una relación de autónomo económicamente dependiente". Pero el secretario de política sindical de UGT Aragón, José de las Morenas, no se retracta: "hablamos de falsos autónomos". De las Morenas ha querido además recordar la intervención de Inspección de Trabajo en Zaragoza, que obligó a la firma el año pasado a dar de alta a más de tres centenares de ‘riders’ en el régimen general de la Seguridad Social; una resolución todavía pendiente, puesto que fue recurrida por la compañía.

La sentencia de la que se ha querido hacer eco Glovo detalla que ‘’el profesional tiene total libertad, en sentido amplio, para aceptar o rechazar la realización de un servicio. También para conectarse o no a la 'app', a través de la cual recibe la notificación de entrada de solicitud de un servicio". Además, insiste en que "no está sometido al poder disciplinario ni organizativo de la empresa", algo en lo que el sindicalista ha diferido. "Está más cerca del beneficio de la firma que de la realidad de los ‘riders’", ha lamentado.

El texto deja claro que el 'glover' "no queda sujeto a ningún régimen de exclusividad". E insiste en que: "no existe una dependencia absoluta del trabajador frente al empresario, puesto que no está obligado a prestar los servicios que se le ofrecen a través de la aplicación informática, no se designa ningún mensajero específico para prestar el servicio, son libres de aceptarlo y no se les penaliza si no se conectan a la plataforma informática".

De las Morenas ha criticado que "las nuevas tecnologías imperan en la línea de la desregularización", al tiempo que ha valorado la "necesidad de convenios para proteger a los trabajadores de riesgos laborales". Por su parte, el cofundador de la compañía, Sacha Michaud, se mostró tras la sentencia del año pasado "convencido" de que estos modelos crean valor en la sociedad,  que son una vía de desarrollo a futuro. Los fallos a favor o en contra de las firmas con un modelo similar a Glovo -como Deliveroo o Uber Eats- se han alternado en los últimos meses. El partido de esta semana lo ha ganado la compañía, pero la liga no parece haber terminado.

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