Gestha ve "imposible" controlar la tributación en compras como las de Wallapop o eBay

Los técnicos de Hacienda creen que sería poco eficiente y proponen eximir del pago de impuestos las operaciones de segunda mano de escaso valor.

Imagen de una tienda autorizada para vender a través de la plataforma de eBay.
Imagen de una tienda autorizada para vender a través de la plataforma de eBay.
Heraldo

Pocas veces un pronunciamiento de la Dirección General de Tributos, organismo dependiente de Hacienda, tiene una repercusión y provoca un revuelo como el de estos días al determinar que la compraventa de segunda mano en plataformas ‘online’ como Wallapop o eBay tienen que pagar impuestos. En concreto, el comprador deberá tributar el 4% en la mayoría de comunidades autónomas por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. Es decir, se aplica el mismo criterio que ocurre con este tipo de transacciones en el comercio tradicional.

En realidad no se trata de ninguna novedad, como recordó el ministro Cristóbal Montoro, ya que es la norma que ya estaba vigente desde hace años. Pero desde que el organismo resolvió la consulta realizada por un consumidor la pregunta que se repiten los miles de usuarios de estas plataforma es evidente: ¿tiene la Agencia Tributaria la capacidad para vigilar el pago de este impuesto en estas operaciones?

El Sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha) lo tiene claro y ve "imposible" controlar la tributación de estas transacciones. En este sentido, sostienen que la única forma sería que las plataformas digitales intermediaran en el pago. En ese caso, la Agencia Tributaria sí que podría reclamar la información sobre las operaciones y exigir la tributación correspondiente. Sin embargo, en la mayoría de los casos estas compañías lo que hacen es poner en contacto al vendedor con el comprador y la operación se cierra al margen de la plataforma. Esto impide a Hacienda conocer datos básicos como la fecha de la operación y menos aún el importe.

Además, surge otro problema. Y es que si hay una plusvalía en la operación el vendedor debe tributar por ella en el IRPF como ganancia patrimonial. Pero incluso esta circunstancia, que es minoritaria en este tipo de operaciones de segunda mando, sería muy complicada de determinar por Hacienda si no tiene capacidad, en primer lugar de detectar la transacción, y después de saber cuánto costó el producto en su origen. Es decir, si el vendedor no tiene la factura de la primera compra, algo bastante probable si el bien no es de gran valor. Hay que tener en cuenta que si los ingresos por la operación son elevados, por ejemplo por la venta de un inmueble o un coche, Hacienda tiene mecanismos más eficaces para detectar esa ganancia. Ocurre lo mismo con el comprador de una casa o un coche de segunda mano y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Para que se produzca un cambio en la titularidad de este tipo de propiedades tiene que constar haber pagado estos impuestos.

Pero la mayoría de las operaciones que se realizan en plataformas ‘online’ como Wallapop o eBay no alcanzan importes tan elevados. Por tanto, hoy por hoy, para la Agencia Tributaria supondría un esfuerzo tremendo desde el puntode vista técnico y también de personal desplegar los mecanismos necesarios para investigar estas operaciones una a una. "Es muy ineficaz dedicar recursos a estas operaciones de escaso valor cuando hay 140.000 millones de las grandes fortunas en paraísos fiscales", explican desde Gestha. En todo caso, apelan a la "coherencia y concienciación fiscal" de los ciudadanos para pagar los impuestos que les corresponden en todas las circunstancias. En el comercio ‘online’ de segunda mano, la tasa por Transmisiones Patrimoniales debe abonarse por el comprador dentro de los 30 días siguientes a la transacción. En caso de no hacerlo, desde Gestha recuerdan que se incumple la ley.

Sin embargo, conscientes de la dificultad de que estas prácticas se generalicen cuando el importe es pequeño y para evitar las situaciones de ilegalidad que suponen no tributar por operaciones de compraventa de segunda mano, Gestha propone que la ley del comercio electrónico exima del pago de este impuesto a las transacciones de escaso valor. En cuanto al límite, consideran que al menos la operación debe superar el coste de gestión de la Agencia Tributaria para cobrar el impuesto.

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