Ultimátum de la banca para que los titulares de cuentas aporten una copia de su DNI

El plazo se acaba el 1 de mayo. Quienes no se hayan identificado verán bloqueadas sus cuentas.

La banca ha lanzado un ultimátum para que los clientes aporten copia de su DNI antes del 1 de mayo, por lo que quienes aún no lo han hecho disponen ya de sólo cuatro días hábiles para cumplir en plazo con esta obligación y evitar el bloqueo de sus cuentas.


La Ley 10/2010 sobre prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo impone a las entidades de crédito españolas la obligación de identificar antes del 30 de abril de 2015 a todos sus clientes y también a cualquier persona con la que mantengan relaciones de negocio o realicen cualquier operación.


Esto significa que las entidades han tenido cinco años para pedir estos datos, aunque no ha sido hasta hace unos meses cuando le han visto las orejas al lobo y han empezado a ponerse en contacto con su clientela, por correo ordinario, electrónico o incluso por sms.


Los clientes de bancos, cajas y financieras de crédito deben facilitar a su entidad una copia del documento de identidad, así como información sobre la actividad profesional que realizan, si así se les requiere, por ejemplo, una nómina.


Según la ley, son las entidades las que tienen que contactar con el cliente, y no al revés, así que si un cliente no ha sabido nada de su banco, en principio, puede estar tranquilo, ya que puede ser porque este ya tiene en su poder todos los datos que necesita, DNI digitalizado incluido.


Pero también existe la posibilidad de que la entidad no haya logrado contactar con el cliente por haber mandado la carta a una dirección antigua, y éste, sin saber nada, se encuentre con la desagradable sorpresa de que no puede operar en sus cuentas después del 30 de abril.


¿Más ejemplos? también puede ocurrir que tengamos una segunda residencia y realicemos todos los trámites o pagos relacionados con ésta a través de una entidad diferente a la habitual, la cual puede haber enviado una carta a la casa de la playa o de la montaña, de la que no tenemos noticia alguna.


Y lo mismo puede ocurrir en infinidad de casos, como personas que residen temporalmente en el extranjero o ancianos que viven en una residencia pero conservan su vivienda.


A finales del pasado marzo, las asociaciones bancarias AEB y CECA ya pidieron a los clientes bancarios "comprensión y colaboración" a la hora de aportar esta información, tal y como exige la normativa de prevención del blanqueo de capitales.


De esta manera, se evitarán las restricciones a la operativa de las cuentas que los bancos y otras entidades se verían obligados a aplicar, en cumplimiento de la legislación vigente, si no disponen del documento de identificación del cliente.

Los "rezagados" no se quedarían sin su dinero, sino que dispondrían de tres meses para regularizar su situación, pero después la cosa se complica, ya que serán necesarios más trámites que la presentación del DNI para volver a acceder a sus cuentas.


Por eso, lo más práctico es ponerse en contacto con el banco cuanto antes.