De los 20 dígitos de la cuenta bancaria al código IBAN

A partir del 1 de febrero el código IBAN sustituirá al código de 20 dígitos como principal identificador de una cuenta bancaria. Un nuevo número fundamental para el pago de recibos, el cobro de las nóminas o cualquier tipo de transferencia.

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En apenas dos semanas entrará en vigor el uso a todos los niveles del código IBAN, número bancario impulsado por las autoridades europeas que servirá para simplificar y unificar la identificación de las cuentas corrientes en el continente y que, grosso modo, sustituirá al habitual código de 20 dígitos para identificar las cuentas corrientes.


Cartas del departamento de recursos humanos de la empresa o misivas previsoras -aunque algo alarmantes- de las entidades bancarias han provocado que este cambio se haya convertido desde hace unas semanas en el centro de numerosas conversaciones y preguntas abiertas, marcando poco a poco en la agenda una fecha: el 1 de febrero, acompañada de dos elementos que por lo pronto suelen despertar la alteración del personal: nóminas y pagos de recibos.


El desconcierto ha sido tal, que la Comisión Europea está estudiando estos días aceptar una prórroga de seis meses que permitiera a los bancos operar con ambos códigos hasta el 1 de agosto, medida que no obstante, según señala el Banco de España, no retrasaría los cambios de hábitos que el próximo mes deberán afrontar particulares y empresas.


Sin embargo, parece que el cambio no supondrá ningún contratiempo más allá de la familiarización con un nuevo número. Así al menos lo aseguran tanto el Banco de España, como la Unión de Consumidores de Aragón, y las distintas entidades bancarias consultadas por Heraldo.es. El cambio entre el actual código de la cuenta corriente y el IBAN no supone más que una actualización al lenguaje bancario europeo de las fórmulas usadas a día de hoy, aunque, eso sí, conviene tener unas cuantas cosas claras.

¿Qué es el IBAN?

El IBAN es un código que se lleva usando ya varios años para transferencias fuera de España, y que a partir de 1 de febrero  será también el número requerido para efectuar o recibir pagos y domiciliaciones dentro de España.


Se compone de 24 números (a diferencia de los 20 del aún vigente CCC) y está formado por el número de cuenta actual, precedido del código de país y un dígito de control. En el caso español el código nacional serán las letras E y S.


¿A quién y a qué afecta?

El cambio afecta a cualquier ciudadano europeo que tenga una cuenta en un banco y a cualquier empresa, asociación u organismo público (comunidades de vecinos, colegios profesionales, gestores) que realice transacciones bancarias.


En el caso de los particulares, el IBAN será el número requerido para efectuar el pago de nóminas o de domiciliaciones, que ahora podrán efectuarse de forma mucho más sencilla en el caso de que provengan o se emitan hacia el extranjero.


Las empresas, y en particular las pymes, deberán tener especial cuidado para notificar su código IBAN a clientes y proveedores, ya que será este el número requerido a la hora de emitir pagos o transferencias.

¿A qué se debe su implantación?

El uso del IBAN a nivel europeo es una consecuencia derivada de la creación de la SEPA (Zona Única de Pagos en Euros, por sus siglas en inglés), una iniciativa europea que permite a particulares y empresas realizar sus pagos electrónicos, tanto nacionales como transfronterizos, en euros y con una regulación común en 33 países: los 28 Estados miembros de la Unión Europea más Islandia, Liechtenstein, Mónaco, Noruega y Suiza. En definitiva, un paso más para hacia el mercado único y la normalización del tráfico de la moneda única en la Unión Europea.

¿Dónde puedo encontrarlo?

Pese a su novedad y la sorpresa de algunos usuarios, el IBAN es visible en gran parte de los extractos emitidos por las entidades bancarias. Además, muchas de ellas llevan desde 2012 imprimiendo este número en las libretas de sus clientes y todas tiene actualmente un apartado en sus páginas webs para conocer el nuevo número de cada usuario.


En la red se encuentran numerosos conversores independientes, ya que el IBAN es una derivación del CCC original, aunque se recomienda usar solo los conversores ofrecidos en las propias webs de las entidades bancarias, así como no contestar correos que soliciten el código anterior con motivo de obetener el IBAN, puesto que podría tratarse de un fraude.

¿Qué ventajas tiene?

Según el Banco de España, con la SEPA se "permitirá a los ciudadanos del Espacio Económico Europeo abrir cuentas con cualquier entidad radicada en el mismo", haciendo así la oferta de servicios "más amplia y promoviendo la competencia".


Desde el 1 de febrero de 2014 los cobros y pagos quedarán sujetos a un conjunto de reglas y condiciones homogéneas para todos los estados adscritos, por lo que serán procesados con la misma facilidad, rapidez, seguridad y eficiencia, independientemente de que sean nacionales o transfronterizos.

¿Hay que actualizar los recibos o domiciliaciones?

Si se tiene un pago domiciliado antes del 1 de febrero el banco o la entidad pertinente ya se habrá ocupado de cambiar el número, ya que poseen herramientas para ello, o en su defecto se habrá puesto en contacto con los clientes para solicitarles su código IBAN. Las fórmulas de notificación y de proceder han sido establecidas por cada entidad bancaria de forma independiente, por lo que algunas han preferido notificar uno a uno a sus clientes y otras han optado por actualizar sus registros por medio del sistema de conversión.


Sin embargo, si se tiene que domiciliar un pago después de esa fecha, sí que será completamente necesario conocer el IBAN para poder activarlo.


La nueva normativa incluye también la homogeneización de los plazos para la devolución de recibos. Así, habrá un plazo máximo de 13 meses para reclamar operaciones incorrectas, mientras que habrá 8 semanas para la devolución de recibos autorizados. Por último, el plazo para que la entidad devuelva los cargos o rechace la devolución es de 10 días hábiles.

¿Habrá comisiones extras tras el cambio?

No. De hecho, si una entidad cobraba una mayor comisión por operaciones transnacionales dentro de la UE deberá cobrar ahora lo mismo que en las operaciones nacionales.

¿Dónde se puede pedir más información?

Todas las autoridades relacionadas con el proceso y la Unión de Consumidores de Aragón coinciden a la hora de señalar a los bancos de cada particular como el principal foco de información. Además, el Banco de España ha habilitado una web en la que informa de todo el proceso denominada 'Date Cuenta'.