Tribunales

La Justicia avala una operación financiera de Bankia con un producto tóxico

El juez considera que el responsable de la oficina bancaria donde el recurrente suscribió el contrato le informó en persona de las características del producto que contrataba.

La Audiencia de Zaragoza ha avalado una operación financiera realizada por Bankia con uno de los denominados "productos tóxicos" al estimar que el cliente que lo contrató conocía los riesgos a los que se enfrentaba al contratarlo.


La sentencia revoca en todos sus términos la sentencia dictada el pasado mes de enero por el Juzgado de Primera Instancia número 10 de Zaragoza, que condenó a la entidad al pago de una indemnización de 13.700 euros más intereses al entender que el afectado no informó de "forma clara" al afectado de la operación.


El recurrente suscribió en agosto de 2008 con la entidad un contrato de permuta financiera, en el que cada una de las partes asumía la obligación de pagar a la otra ciertas cantidades de dinero en función de la evolución de los tipos de interés.


La cantidad a pagar era calculada a partir de una cantidad de dinero denominada "nocional" cuya entrega no es obligada al cliente sino que funciona como referencia.


Según el tribunal, el afectado realizó una operación sobre una cantidad "nocional" de 400.000 euros, y en el transcurso del tiempo de duración del contrato, hasta 2012, perdió los 13.700 euros referidos debido a una evolución de los intereses contraria para él.


La Audiencia de Zaragoza considera que el responsable de la oficina bancaria donde el recurrente suscribió el contrato le informó en persona de las características del producto que contrataba, con el apoyo de distintos folletos informativos. Valora, además, que este cliente formalizó la operación a la conclusión de otra similar que había suscrito con un capital nocional de 531.000 euros, por lo que entiende que era conocedor del producto.