Banca y Estado

Luz verde a la reforma que permite a Alfredo Saenz seguir en el Santander

La nueva norma deja en manos del Banco de España el futuro de Alfredo Sáenz como consejero delegado del Banco Santander.

El consejero delegado de Banco Santander Alfredo Sáenz, en 2007
El Supremo inhabilita a Alfredo Sáenz por su actuación al frente de Banesto
EFE

El Gobierno ha aprobado este viernes incorporar a la legislación española las recomendaciones de la Autoridad Bancaria Europea (EBA) sobre la honorabilidad de los banqueros, por lo que deja en manos del Banco de España el futuro de Alfredo Sáenz como consejero delegado del Banco Santander.


Según los cambios aprobados este viernes por el Consejo de Ministros en un real decreto, el Banco de España deberá determinará la honorabilidad de un banquero o miembro de un consejo de administración de una entidad financiera teniendo en cuenta los nuevos criterios, más amplios que los anteriores.


La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que se refuerzan los requisitos de experiencia y profesionalidad, al tiempo que se amplían las competencias del Banco de España.


Esto se traduce en que el supervisor será quien tenga la última palabra para decidir si un banquero como Alfredo Sáenz, a pesar de haber sido condenado, puede seguir ejerciendo su cargo por los méritos de su currículum.


En un comunicado, el Ministerio de Economía explica que el Banco de España valorará la trayectoria profesional de los banqueros, incluyendo su formación; las condenas por delitos dolosos y la existencia de investigaciones relacionada con delitos económicos.


Respecto de la consideración de delitos dolosos, añade que el Banco de España podrá recabar la opinión de una comisión de expertos creada al efecto, justo lo que se ha hecho en el caso de Sáenz.


Además, en materia de buen gobierno, el Banco de España no solo tendrá en cuenta los conflictos de interés típicos sino también los derivados por el desempeño de puestos -incluso en el pasado-, relaciones con otros miembros del consejo de administración, e incluso si no puede dedicar suficiente tiempo a su puesto.


Todas estas novedades tienen su origen en la EBA

Economía recuerda que todas estas novedades tienen su origen en la EBA, que estableció en noviembre de 2012 una serie de directrices para valorar la idoneidad de los consejeros y directivos en entidades de crédito y aunque no era vinculante, España ya había mostrado su intención de incorporarlas.


La norma aprobada este viernes afecta por igual a bancos, cajas de ahorros, cooperativas, conglomerados financieros, tasadoras, establecimientos financieros de crédito, entidades de pago y entidades de dinero electrónico.


Por parte del Banco de España y de las propias entidades se establecerá un control continuo sobre el cumplimiento de estos requisitos y en caso de no darse, se abriría un plazo de seis meses para sustituir a los consejeros o directivos.


Por otro lado, el real decreto realiza el ajuste formal necesario en la regulación tras el traslado al Banco de España de las competencias de autorización y sanción de entidades de crédito.


Esta transferencia por parte del Ministerio de Economía se realizó en agosto del año pasado para dar cumplimiento al compromiso reflejado en el acuerdo suscrito con los socios europeos para recibir la ayuda para la banca española.